Por Carlos M. Licona
La Ley del INPREMA de 1980 permitía que un docente se jubilara de forma voluntaria al cumplir 50 años de edad y, en el caso que tuviera 30 años laborados, obtenía el 90 % del promedio de los últimos 36 meses, este era el máximo beneficio que se podía obtener. La Ley fue reformada en diciembre de 2011, entrando en vigencia el 19 de enero de 2012. Para los docentes que ya existían en el sistema, se cambió la edad de jubilación voluntaria a 59 años y el cálculo de la jubilación pasó a ser el promedio de los últimos 180 salarios, en el caso de que un docente tuviera 40 años laborados podía rebasar un poco el 100 %, porque se agregaron otros factores (este es el máximo beneficio actual).
Obviamente, todos los docentes que en enero del 2012 andaban arriba de los 40 años de edad pero menos de 50, ahora ya están próximos a llegar a los 60, con dos situaciones diferentes; la primera es que, también tengan los 40 años laborados y, en este caso, la jubilación saldrá un poco más del 100 %; la segunda situación es si tienen menos de 40 años laborados, y, en este caso, entre menos años trabajados tengan menor es la jubilación.
Antes del 2023, 166 docentes hicieron el trámite respectivo de su jubilación ante el INPREMA para jubilarse con la Ley de 1980, independientemente de las situaciones individuales de este grupo, los puntos torales se resumen con la Resolución Administrativa de la Junta Interventora del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), el 21 de marzo de 2023, declarando improcedente la Solicitud de Beneficio de Jubilación.
El 23 de agosto de 2023, los 166 maestros interpusieron Acción de Amparo contra la Resolución Administrativa No. CI-ASL/089/21-03-2023 emitida por el INPREMA, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se pronunció el 13 de diciembre de 2024, y, por unanimidad “otorgó Garantía Constitucional de Amparo a maestros que cumplen los requisitos de la ley, a fin de que se les tramite el beneficio de su jubilación según la ley de 1980”.
La resolución de la Corte agrega “De igual manera, ordena que se devuelva el derecho vulnerado a aquellos maestros que han cotizado por treinta años en adelante, a efecto de que se les tramite su jubilación, con los beneficios del Decreto 1026-1980, de manera que se vayan jubilando los docentes dentro de un debido proceso, sin aplicación retroactiva de la ley…”, acá se supone que se refiere a la reforma que entró en vigencia hecha en el 2012, no especifica que Ley, luego agregan “…hasta llegar a la generación de docentes que ingresaron al sistema bajo la vigencia del Decreto No. 247-2011”.
Sin ser abogado, se asume que el derecho fue devuelto a todos los docentes preexistentes antes del 19 de enero de 2012. Mientras que, para todos los docentes que ingresaron posteriormente a esa fecha serán regulados por la Ley de JOH, es decir, deben jubilarse a los 65 años.
¿Cuál fue la promesa de campaña de Xiomara Castro?
Bueno, una cosa son las promesas, otras las situaciones legales y otras las promesas que se cumplen.
La presidenta Xiomara Castro prometió devolverles todos los derechos cercenados a los docentes, uno de ellos es la jubilación. Mucha agua ha corrido debajo del puente sobre este tema, pero, todo se resume a una propuesta de reforma construida entre el gobierno, técnicos del INPREMA y representantes de Colegios Magisteriales, donde se mejora un poco la reforma de 2011, por ejemplo, de 59 se baja a 55 años la jubilación voluntaria, se mejora levemente el cálculo de la jubilación al traer a valor presente los salarios (esto tienen que ver con el factor de inflación), se ofrece un bono de 400,000 lempiras para quienes lleguen a los 59 años de edad, otros.
Esta propuesta de reforma generó una oposición muy mediatizada por los medios de comunicación, dividiendo al magisterio en dos bandos; los que prefieren la Ley de 1980 o la propuesta de reforma del gobierno actual. Mientras tanto, según las autoridades del INPREMA ,solo los 166 docentes tienen derecho a jubilarse tal y como lo dictaminó la Corte Suprema, y, cualquier otro que cumpla con los requisitos debe seguir el mismo procedimiento de los 166 maestros que demandaron. De no hacerlo, la Ley vigente es la de JOH.
Al parecer, el dictamen de la Corte Suprema de Justicia vino a detener la propuesta de reforma del gobierno de Xiomara Castro, y, todo docente preexistente al 2012 tiene dos opciones; seguir el trámite legal de los 166 que demandaron y esperar el tiempo que corresponda para jubilarse con la Ley de 1980 o, bien, cumplir con los requisitos obligatorios de la vigente.
¡Por una nueva Ley del INPREMA!
En las circunstancias actuales, ya desapareció la humareda sobre este tema, ahora, el grupo más afectado es el que ya anda cerca de los 60 años con casi los 40 años laborados, ya que, este grupo fue perjudicado por el régimen nacionalista y ahora, sigue sin obtener el beneficio que la presidenta Xiomara Castro prometió, obviamente, no por culpa de ella.
El magisterio debe iniciar seriamente a plantear y exigir una nueva Ley del INPREMA donde nadie salga perjudicado y se garantice la sostenibilidad de la institución, el entuerto bien estructurado debe ser cortado de raíz.