LA JUSTICIA GUATEMALTECA EN SU LABERINTO”

Revista Tulum No 34

Por: Sergio Barrios Escalante (*)

“Veinticinco minutos después de medianoche, el martes 25 de abril de 1974, comenzó de manera poco convincente e involuntaria la tercera ola de democratización en el mundo moderno…”

Contenido general

I. Introducción.

II. El Marco político contextual.

III. Los Acuerdos de Paz como “hoja de ruta”.

IV. Un acercamiento a los problemas cardinales de la Justicia en el país.

V. Derechos Humanos y Seguridad en un Estado Democrático de Derecho.

VI. La lucha contra la impunidad y la construcción de ciudadanía.

VII. Conclusiones.

Hemerografìa.

I. Introducción.

El presente ensayo es un análisis radiográfico sobre las debilidades, fortalezas y desafíos del sistema de justicia en Guatemala. El mismo se realiza presentando a los procesos de apertura democrática en la región como marco político referencial, y a la vez, tomando el concepto de Estado Democrático de Derecho como eje discursivo, se hace una valoración de los principales problemas y requerimientos de transformación del sistema en el área de la vigencia de los Derechos Humanos, la agenda transformativa del sector justicia, la lucha contra la impunidad y la participación ciudadana.

En la primera parte (La transición hacia la democracia como marco político contextual), se realiza un breve recuento del proceso de apertura política como “mega-tendencia regional”, ligando su influencia directa e indirecta con los acontecimientos de 1985 y 1996, puntos de inflexión en la historia reciente de Guatemala.

En la segunda parte (Los Acuerdos de Paz como “hoja de ruta”), se hace una sucinta presentación de algunos de los principales compromisos asumidos en ellos con relación al fortalecimiento y modernización de la justicia.

En la tercera parte (Un acercamiento a los problemas cardinales de la justicia en Guatemala), el autor se detiene un poco más en algunos de los problemas clave del sistema de justicia guatemalteco, tomando como base el análisis y recomendaciones presentadas en su momento por la Comisión de Fortalecimiento de la Justicia (CFJ).

En la cuarta parte del ensayo (Derechos Humanos y Seguridad en un Estado Democrático de Derecho), se hace una vinculación de la instauración del Estado democrático de derecho como pre-requisito indispensable para el fortalecimiento de la justicia y la observancia de los Derechos Humanos –DDHH-.  Así mismo, se hace una presentación general de las nuevas nociones y agendas en materia de seguridad, de las políticas estatales relativas al sector, del marco normativo fundamental para el sistema de seguridad en Guatemala, y se presentan elementos clave para la agenda transformadora del sector.

En la quinta parte (la lucha contra la impunidad y la construcción de ciudadanía), se aborda el tema de la participación ciudadana desde la óptica del fortalecimiento de la justicia en general, y de la lucha contra la impunidad en particular.

A su vez, se presentan un conjunto de factores inhibidores o restrictivos que de acuerdo al autor constriñen los procesos de participación ciudadana, se aluden diversas formas y/o niveles de incidencia de la sociedad civil en el sector de justicia, y finalmente, se presentan diversas propuestas globales relativas al control democrático del poder militar como parte de la lucha contra la impunidad.

La sexta y última parte (inciso VII), se refiere a las principales conclusiones generales del autor en este ensayo.

II. El Marco Político Contextual.

La transición hacia la democracia.

En el mundo en general (y cierto tiempo después en América Latina), desde mediados de los años setenta comenzó a experimentarse un expansivo proceso de aperturas políticas democráticas, marcado por el tránsito desde regímenes abiertamente autoritarios y dictatoriales hacia modelos de incipientes democracias.

Tales procesos tuvieron en sus inicios como epicentros geográficos claramente definidos a Portugal y España.  En el primer caso, el 25 de abril de 1974 triunfa en Portugal la llamada “Revolución de los Claveles”, con lo cual se pone fin a una larga dictadura encabezada principalmente por Antonio Salazar.  Y en el caso de España, con la muerte de Francisco Franco en 1975, se inicia una etapa completamente nueva en la vida política de ese país.

El impacto político global de tales sucesos ha sido analizado por pensadores políticos de gran influencia.

“El horizonte de la coyuntura, -el último tercio del régimen del general Franco-, puede y debe estar en lo que de manera gráfica ha llamado el profesor de la Universidad de Harvard, Samuel P. Huntington, “La tercer ola de democratización”. Me refiero a una obra aparecida en febrero de 1991 cuyo título en la edición española era “La tercera ola de la Democratización a fines del siglo XX”, y en cuyo prólogo se decía lo siguiente;

“Este libro versa sobre un importante desarrollo político global – quizás el más importante de fines del siglo XX; la transición de unos treinta países desde un sistema político no-democrático a uno que sí lo es….la tercera ola de democratización en el mundo moderno comenzó de manera poco convincente e involuntaria, veinticinco minutos después de medianoche, el martes 25 de abril de 1974, en Lisboa, Portugal” (“La transición hacia la Democracia”; Miguel Alonso Baquer, en; “La Nueva Agenda de la Seguridad en Centroamérica”; FLACSO, 1998).

Para el caso particular de Guatemala, hay dos momentos históricos que resultan clave para entender el pasado reciente y el momento actual en la vida política guatemalteca; en primer lugar, el inicio de la llamada “apertura democrática” en 1985 (y que a nivel regional tomaría forma poco después con la firma de los llamados “Acuerdos de Esquipulas”), y en segundo término, la firma de los denominados “Acuerdos de Paz firme y duradera”, realizada entre el gobierno de Guatemala y las organizaciones insurgentes aglutinadas en la URNG, ello en diciembre de 1996.

En tal sentido, el inicio del proceso de apertura democrática en la Guatemala de 1985 significó, entre otros aspectos relevantes, la instalación de una Asamblea Nacional Constituyente que redactó reformas importantes a la Constitución Política y el retorno a la vida democrática-electoral del país con las elecciones generales de 1986.

“Desde 1985 el país cuenta con una nueva Constitución, producida por una Asamblea Constituyente que representó a las fuerzas políticas de aquel momento.  Esta constitución establece un conjunto de instituciones modernas y democráticas, tales como la Corte de Constitucionalidad, un Tribunal Electoral independiente, la figura del Ombusman o Procuraduría de los Derechos Humanos, el reconocimiento de derechos de los pueblos indígenas (“Democracia en Guatemala; la misión de un pueblo entero”, 1999).

Con ello, se sentaron las principales bases legales y políticas para el  restablecimiento del orden jurídico constitucional y del inicio del establecimiento gradual Estado de Derecho en Guatemala (proceso que aun no termina hoy), que permitió, además de la relativa sujeción del poder militar al poder civil, y la alternancia en la administración del Estado por la vía electoral, abrir por primera vez canales institucionales que propiciaran el inicio del proceso de negociación y pacificación, el cual diera frutos casi una década después (1996), cuando  se puso fin a una larga y cruenta guerra civil de 36 años.

Y fue precisamente el proceso de negociación en torno a la búsqueda de la paz, que permitió por etapas de desarrollo muy gradual y dificultosas (firma de los “Acuerdos de Esquipulas” en 1987, y de una larga y compleja serie de negociaciones iniciadas en Oslo en 1992), que se crearan las condiciones para que el Estado guatemalteco asumiera por primera vez desde el fin de la llamada “Primavera Democrática” de 1944-1954, de manera clara y precisa, compromisos específicos en torno a la búsqueda de justicia, de reparación hacia las víctimas de la guerra y de lucha contra la impunidad.

Lo anterior se concretó a través de conformación de la llamada “Comisión de Esclarecimiento Histórico” –CEH-, instalada en la última etapa de las negociaciones de paz, y que produjo un conjunto importante de recomendaciones para el Estado y la sociedad guatemalteca en su conjunto.

Por otra parte, el proceso mismo de negociaciones y de pacificación que culmino en 1996, habría de producir un importante conjunto de acuerdos y compromisos concretos en torno a la búsqueda y al establecimiento de la justicia, ello en el marco de la vigencia de un Estado de Derecho y en torno al reconocimiento del Estado como garante principal los Derechos Humanos integrales, y de la obligación por parte del mismo, en el establecimiento y la aplicación real de un cambio de paradigma, particularmente en relación  a una nueva concepción y vigencia de la seguridad y en la construcción de una ciudadanía plena.

III. Los Acuerdos de Paz como “hoja de ruta”.

En la vida política reciente de Guatemala, el conjunto de recomendaciones contenidos en los Acuerdos de Paz, representó sin duda alguna una especie de “hoja de ruta”, no sólo para la construcción de una agenda nacional de desarrollo, sino además, para la vigencia de la justicia y  la observancia de los Derechos Humanos en el país.

En total, los Acuerdos de Paz están comprendidos por un total de 17 documentos básicos, incluyendo el “Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática”, el “Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas”, y las Recomendaciones de la “Comisión para el Esclarecimiento Histórico” (CEH), todos ellos documentos relacionados de manera directa con importantes recomendaciones para la transformación modernizante y el fortalecimiento de la justicia.

Complementariamente, al amparo del proceso de paz también se concretó el importante Informe del Proyecto Inter diocesano para la Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI), vinculado, al igual que el informe de la CEH, a la búsqueda de la verdad de los crímenes del pasado, a los temas del castigo, el perdón y la reconciliación nacional (Op cit, p.13).

En términos generales, tanto en el Informe del REMHI como de la Comisión de Esclarecimiento Histórico –CEH-, subyace la convicción de que..

“un aspecto de la debilidad del Estado reside en la inoperancia del sistema judicial y en su capacidad para juzgar y castigar….  Con ayuda internacional se están tomando varias medidas para fortalecer el poder judicial, así como, para cambiar la antigua policía por un nuevo cuerpo, moderno y respetuoso, la Policía Nacional Civil” (op cit, p.13).

Por otro lado, recientemente se han realizado diversas valoraciones globales sobre el grado de cumplimiento que se ha logrado a más de una década de transcurrida la firma de los acuerdos de paz.  En general, los balances han sido bastante pesimistas.

Uno de ellos es el realizado por Ricardo Rosales Román ó Carlos González (uno de los firmantes de los acuerdos en 1996), quien a título personal opina lo siguiente;

“Cualitativamente hablando, el proceso de construcción de una paz firme y duradera en Guatemala está estancado, no hay avances significativos en su conjunto y todo indica que la situación y realidad económica, social, política e institucional en la que se encuentra el país no tiende a mejorar.

Esto no tendría porque estarse dando si los Acuerdos de Paz hubieran sido implementados, cumplidos y verificados en su integralidad y no por separado.  El hecho de que se les haya institucionalizado como “compromisos de Estado”, en mi opinión, viene a dispersarlos y sectorializarlos aún más, desvirtuando su contenido sustantivo e integral” (“A diez años de distancia; aproximación a una evaluación crítica del estado actual de los Acuerdos de Paz”; Ricardo Rosales Román, en; “Acuerdos de Paz, un compromiso para el cambio”; PDH, 2006).

IV. Un acercamiento a los problemas cardinales de la justicia en Guatemala.

Derivado de los compromisos específicos contenidos en el Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática (en adelante, FPCFESD), mediante el Acuerdo Gubernativo No. 221-97, se instaló oficialmente en marzo de 1997 la “Comisión de Fortalecimiento de la Justicia” (CFJ).

Dicha comisión tenía el mandato de producir mediante un debate amplio en torno al sistema de justicia, una serie de recomendaciones puntuales y susceptibles de ser puestas en práctica a la mayor brevedad (“Una Nueva Justicia para la Paz; CFJ, 1998).

El informe presentado por la CFJ está compuesta por un conjunto de 18 documentos, los cuales centran su atención en aspectos clave de la administración de la justicia, particularmente relacionados con la modernización del sistema, la búsqueda de la excelencia profesional, los problemas y soluciones relativas al acceso a la justicia, la agilización de los procesos, la seguridad y la justicia y las necesarias reformas constitucionales en el ámbito tratado entre otros aspectos vitales (op cit).

Entre algunas de las recomendaciones principales identificadas y citadas por la CFJ podemos mencionar las siguientes;

-La reforma general del sistema de justicia.

-La separación de las funciones administrativas y jurisdiccionales en el Organismo Judicial y el MP.

-La implementación de mecanismos de control y evaluación.

-Descentralización de funciones, ámbitos y procesos.

-Creación y aprobación de la “Ley de Servicio Civil para el Organismo Judicial”.

-La puesta en vigencia de la “Ley de Protección de Sujetos Procesales y personas vinculadas a la administración de la justicia penal”.

-Poner en vigencia y aplicación real la “Ley de carrera judicial”, de acuerdo al Artículo 209 de la Constitución Política de la República e impulsar sus reformas requeridas.

-El fortalecimiento de la Escuela de Estudios Judiciales y de la Unidad de Capacitación del MP.

-Impulsar e implementar Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos.

-Impulsar el cumplimiento de compromisos asumidos en el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, particularmente, en lo relativo al reconocimiento constitucional de la pluralidad jurídica, y respeto a las autoridades indígenas en el manejo de sus asuntos.

-El reconocimiento constitucional y legal del llamado “Derecho Consuetudinario”.

-La agilización de los procesos por medio de la generalización de la oralidad, particularmente, en materia de derecho familiar y laboral y en materia penal.

-Promover el reconocimiento y la urgencia de los derechos de las víctimas de los delitos, y el apoyo legal a las mismas.

-Promover las necesarias reformas integrales al sistema penitenciario, en particular, las orientadas hacia el abandono del carácter punitivo del sistema por la adopción de una orientación readaptativa y resocializadora en los internos.

De manera complementaria, las recomendaciones de la Comisión de Fortalecimiento de la Justicia –CFJ-, también identificaron una serie de reformas constitucionales y legales asumidas como compromisos en la firma del Acuerdo de Fortalecimiento del Poder Civil (FPCPESD), relacionadas con las reformas a los artículos 203, 207, 208 y 209 de la Constitución, el artículo 244 (relacionado con reformas al nuevo carácter y función del Ejército en la nueva etapa), y un conjunto de reformas legales relacionadas con la constitución orgánica de la fuerza pública, una nueva ley de “Orden Público”, la re-organización estructural, orgánica y funcional de la Policía Nacional Civil –PNC-, la regulación normativa de las empresas privadas de seguridad y la regulación de tenencia y portaciòn de armas (op cit).

V. Derechos Humanos y Seguridad en un Estado Democrático de Derecho.

“El Estado guatemalteco salido del conflicto armado es un estado débil”, sintetiza de manera clara la percepción generalizada de todos los sectores sociales guatemaltecos respecto a la máxima instancia política del país, reflejada en el informe de IDEA Internacional (IDEA, op cit,).

Mientras que en el Acuerdo de Fortalecimiento del Poder Civil (ASFPCFESD), se lee; “Una de las grandes debilidades estructurales del Estado guatemalteco reside en el sistema de la administración de la justicia, que es uno de los servicios públicos esenciales” (Capítulo III, inciso 8).

De allí que resulta una premisa incuestionable asumir que en el caso particular de Guatemala, es prácticamente imposible consolidar la transición hacia la democracia y el establecimiento real de un Estado de Derecho, sin llevar a cabo el fortalecimiento del sistema de justicia.

A su vez, derivado de lo anterior, asumimos que sin un adecuado, real y efectivo fortalecimiento de la justicia, es imposible para el Estado y la sociedad guatemalteca, propiciar y ser garante del fiel cumplimiento y observancia de los Derechos Humanos en nuestro país.

Así mismo, observamos que sin justicia y sin observancia de los DDHH no hay seguridad, y en particular, no es posible alcanzar el tipo de seguridad tal y como se define y se implementa en un Estado tipificado como democrático.

Es dable recordar que por definición, un “Estado Democrático de Derecho” es aquel que se fundamenta en el principio de la legalidad de la administración (“Hacia una política de seguridad para la democracia”; B. Arévalo, T. I, 2002, p.204).

Tal y como se dijo al inicio de este ensayo, Guatemala, al igual que el resto del sub-continente, transita por un largo proceso que va desde el autoritarismo de Estado hacia la democratización de la vida política y de sus instituciones centrales que rigen la vida pública.

Como sabemos, éste tránsito se produce en medio de “escenarios caracterizados por altos niveles de fragmentación y polarización social, y por una institucionalidad precaria que se expresa en dificultades para la formulación de políticas públicas sostenibles y coherentes...” (op cit, p.11).

Y en este marco político-nacional heredado de la situación de enfrentamiento a partir de 1954 hasta el inicio de la apertura democrática en 1984, es que surgen nuevos factores endógenos y exógenos que impulsan un proceso de realineamiento de las relaciones entre la sociedad, el Estado y sus aparatos de seguridad (el fin de la guerra fría, la globalización, el avance tecnológico, la transición democrática y los acuerdos de paz entre otros…) (op cit. P. 131).

A la par de lo anterior, surgen también una revisión conceptual de las tradicionales nociones de seguridad, y para el caso guatemalteco y centroamericano, la necesidad de transitar desde el concepto de “seguridad nacional”, basado en la lucha contra el “enemigo interno”, para pasar hacia el concepto de “seguridad democrática”, basado entre otros, en el principio de la “seguridad humana”.

Nuevas nociones y nuevas agendas en materia de seguridad.

“En una primera acepción, seguridad es la capacidad de dar respuesta efectiva a riesgos, amenazas o vulnerabilidades, y estar preparados para prevenirlos, contenerlos y enfrentarlos.  La seguridad es una condición de carácter aspiracional que identifica una situación de ausencia o disminución de riesgos para un determinado entorno social o natural.

El término “seguridad democrática” indica la condición de bienestar que se genera por la acción de desarrollo que promueve el Estado, y la definición de políticas de desarrollo cuyas medidas específicas están destinadas a procurar la condición de bienestar.  El término políticas de seguridad se limita a las medidas destinadas a contrarrestar los riesgos y amenazas que se presenten sobre las condiciones de vulnerabilidad de la sociedad y sus instituciones” (op cit. P. 131).

Las políticas estatales en materia de seguridad

En términos generales, “la política de seguridad de un Estado” se formula basándose en tres consideraciones:

a) De la concreción de los intereses nacionales y del proyecto de nación que se aspira construir.

b) De la percepción y jerarquización de los riesgos, amenazas y vulnerabilidades que debe enfrentar para la consecución de dichos intereses.

c) De las condiciones objetivas y subjetivas a partir de las cuales puede o no funcionalizar los mecanismos de prevención, control y resolución de amenazas (op cit, p. 148).

En términos específicos, para el caso de Guatemala, son los Acuerdos de Paz relativos los requerimientos de nuevas relaciones entre la sociedad y el Estado, y a las nuevas necesidades en materia de políticas de seguridad, el gran marco político que nos sirve de referencia para elucidar los principales requerimientos a plasmar en forma de Agenda Nacional en esta importante dimensión de la vida colectiva del país.

El marco normativo del Sistema de Seguridad guatemalteco

La Constitución Política de la República de Guatemala (CPRG), el Tratado Marco de Seguridad Democrática y el Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil (FPCFESD), constituyen (o deberían de constituir) los marcos generales del sistema de seguridad en Guatemala.

En el primer caso, la CPRG, en sus artículos 1 y 2 indica que: “El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común.  Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la república la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona” (op cit., p. 153).

Mientras que el Tratado Marco de Seguridad Democrática, que recoge el concepto de “Seguridad democrática”, cuyos ejes son el fortalecimiento del poder civil, el pluralismo político, la libertad económica, la superación de la pobreza, la promoción del desarrollo sostenible, la protección del consumidor, del medio ambiente y del patrimonio cultural, erradicación de la violencia, la corrupción, impunidad, el terrorismo, la narcoactividad y el tráfico de armas, el balance de fuerzas entre la situación interna de cada Estado y la cooperación entre los países de la región” (op cit, p. 153).

En el Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil (ASFPCFESD), se establece que la seguridad es un concepto amplio que no se limita a la protección contra las amenazas armadas externas, a cargo del ejército, o la protección contra contra las amenazas de orden público y la seguridad interna, a cargo de la Policía Nacional Civil –PNC-.

En este mismo Acuerdo se identifican como factores de riesgos y amenazas para la convivencia democrática, la paz social y el orden constitucional, los desequilibrios sociales y económicos, la pobreza y la pobreza extrema, la discriminación social y política y la corrupción, entre otros (op cit, p.154).

Adicionalmente, pueden citarse otros marcos regulatorios referenciales de importancia para el redimensionamiento del concepto y la práctica de la seguridad. Por ejemplo, el PNUD ha acuñado desde 1993 el concepto de “seguridad humana”; la Comisión de Seguridad Global propuso el concepto de “seguridad global”, acentuando el énfasis en la seguridad de las personas y del planeta; en el informe del Comité Coordinador del Capítulo Costarricense del Diálogo Centroamericano por la Seguridad y la Desmilitarización, se establece en sus conclusiones que el principal eje de la seguridad debe ser humano (op cit., pp. 154-155).

Elementos clave para una Agenda Transformativa del Sector Seguridad

Características generales del Sistema de Seguridad en Guatemala

Los principales elementos constitutivos del sistema de seguridad son los siguientes; a) políticas, planes y directivas, b) institucionalidad de máximo nivel y mecanismos de coordinación c) el marco normativo d) los principios básicos de actuación e) el sistema de seguridad en condiciones de excepción f) los procedimientos de control democrático (op  cit, p. 175).

Resulta evidente que en todos y cada uno de los niveles se requieren profundas reformas, tanto en los ámbitos generales como en los aspectos particulares o puntuales.

Para el caso de las políticas de seguridad, una de sus mayores debilidades es que no definen de forma consensuada una agenda de seguridad que establezca con transparencia los riesgos y amenazas actuales o potenciales, y la naturaleza de las respuestas más apropiadas” (op cit, p. 175).

En materia de planificación, la característica ha sido la formulación de políticas de gobierno que tienen una temporalidad limitada a lo que duran los períodos de gestión.  Otras veces, se trata de políticas institucionales dispersas que no logran integrar a los diversos ámbitos de la seguridad (op cit, p. 176).

Por otra parte, se requieren de profundos cambios en la institucionalidad de máximo nivel del sector seguridad, y de sus mecanismos de coordinación, pues hasta el momento, los mecanismos interinstitucionales de coordinación entre los diversos compartimentos de la administración pública encargados de forma directa de la función de seguridad son casi inexistentes o extremadamente débiles.

En cuanto al marco normativo, existe un conjunto de leyes de diverso rango y nivel, que requieren ser modificadas, actualizadas y/o derogadas, por ejemplo, la “Ley de Orden Público”, que data del 30 de noviembre del 1965, una fecha que alude un período de gran violencia y represión en el país (op cit, p. 178).

Además, este cuerpo normativo en materia de seguridad actualmente vigente en Guatemala, no aborda ni regula importantes aspectos tales como; la clasificación de informaciones, el Habeas data, el tratamiento de la actividad de inteligencia (sus parámetros de actuación, su marco legal, funciones, límites y controles), las reformas a la Ley constitutiva del Ejército de Guatemala y otras fuerzas de seguridad de máximo nivel, el establecimiento de principios generales de actuación para los aparatos de seguridad en situaciones ordinarias y en estados de emergencia, y la falta de procedimientos de control democrático sobre la actividad de seguridad (op cit, pp. 179-182).

Hacen falta por otra parte, la elaboración e implementación de una Política Nacional de Seguridad (PNS), y de sus respectivas Directivas Nacionales de Seguridad (DNS), sus respectivas políticas, programas y planes, así como la adecuación del accionar de las fuerzas de seguridad y de los servicios de inteligencia al ordenamiento jurídico del Estado Democrático de Derecho (op cit, pp. 202-205).

Otro asunto problemático con respecto a la democracia está relacionado al monopolio del uso legítimo de la violencia por los gobiernos democráticos bajo control civil.  Este no es la consecuencia solamente del legado del Estado autoritario y represivo de los regímenes dictatoriales sino también la proliferación continua de la violencia armada por una variedad de actores.

La característica de la “democratización de la violencia” es exactamente la ruptura del monopolio de la violencia legítimamente ejercida y la entrada de cada vez nuevos actores armados, ya no de las existentes como las fuerzas de seguridad y las bandas juveniles (Huggins, 1991; Méndez, O`Donell y Pinheiro, 1999).

Esta “democratización de la violencia” es la contraportada del proceso mismo de democratización. Bajo este denominador se agrupan diferentes formas de violencia y conflicto como por ejemplo, violencia criminal de la calle, motines y disturbios, “limpieza social”, ajusticiamientos, arbitrariedad de la policía, actividades paramilitares etc.  De la variedad de actores algunos tienen una vida semi-institucionalizada, como es el caso de los actores armados en Colombia. Otros mantienen en la violencia cotidiana un estilo de vida asociada con las armas como si fuese rutina laboral (“Hacia una política de seguridad para la democracia”; B. Arévalo, T. II, p. 82).

VI. La lucha contra la impunidad y la construcción de ciudadanía.

Asociar la lucha contra la impunidad a los procesos de construcción de ciudadanía no parece tener mucha lógica en una sociedad “normal”, en la cual el sistema de justicia funciona de tal forma que la ciudadanía se comprende más como noción y categoría desarrollista, o incluso, en los países de Europa Occidental, donde muchas veces la participación ciudadana a lo máximo se liga con la protección de los derechos del consumidor.

Pero para un país como Guatemala, con elevados y alarmantes índices de impunidad, resulta evidente que se hace necesario el planteamiento de la generación de procesos de construcción de ciudadanía desde la óptica particular de los derechos humanos, concebidos estos en su acepción más amplia e integral.

“los datos de la impunidad indican que de las denuncias por crímenes cometidos en el país menos del 3 por ciento llegan a proceso judicial, y menos llegan a condena, tanto por mala investigación del Ministerio Público como por la deficiente acción de los jueces” (“Democracia y sistema de justicia”; Miguel Ángel Albizures; El Periódico, 07/01/08, p. 16).

“A diez años de la firma de los Acuerdos de Paz, por ejemplo, Guatemala apenas tiene 6 jueces por cada 100 mil habitantes (en Costa Rica esta relación es de 16 jueces por cada 100 mil habitantes). Y en el caso de la Policía Nacional Civil, el numero de sus agentes -18 mil 214, sin tomar en cuenta a los 3 mil 500 ex militares que serán incorporados en estos días- representa apenas la tercera parte de los que tienen las policías privadas del país” (“Con un Estado así no se puede trabajar”; Gustavo Berganza; El Periódico, 04/04/06, p. 15).

Para los objetivos concretos de este ensayo no es necesario hacer toda una revisión exhaustiva de la génesis ontológica, gnoseológica, histórica y politològica sobre las distintas nociones de ciudadanía que han existido.  Nos basta aquí con saber que el origen moderno del concepto arrancó en 1789 con la “Revolución Francesa” (con el denominado “Cityoen”), y que a partir de allí se extendió hasta nuestros lares adoptando formas (y taras) muy propias durante el nacimiento de las “repúblicas independientes”, hasta el desarrollo de una práctica de “ciudadanía recortada”, atada como sabemos a los vaivenes políticos de la región latinoamericana que durante todo el siglo XX osciló entre democracias de baja intensidad y todo tipo de autoritarismos de alta intensidad.

En consecuencia de lo anterior, me parece que acá vale más la pena señalar los aspectos prácticos de la ciudadanía, pero ligada no tanto a las formas como es posible pensarla, sino fundamentalmente, a como esta es posible practicarla, particularmente bajo las actuales circunstancias que nos rodean como país y como región centroamericana.

Por ello, estoy plenamente de acuerdo con Ramón Azòcar, cuando al respecto nos dice lo siguiente;

“…en la actualidad, se experimenta un replanteamiento en el plano teórico de las bases sobre las que se asentó tanto la ciudadanía en las democracias liberales, como las de otras formas de ciudadanía surgidas de las revoluciones de carácter socialista. En los debates se dirige la mirada tanto hacia el horizonte del pasado que dio origen a la tradición demoliberal, como hacia el horizonte de futuro en el que el proceso de globalización se hará más intenso y demandará respuestas para la que esa tradición resulta insuficiente.

Hoy se plantean interrogantes como: ¿Cuál es la extensión de los derechos? Educación, salud, vivienda digna, respeto por el ambiente, acceso a la cultura, ¿son derechos inalienables del ciudadano? ¿Lo son los derechos de los niños, de los ancianos, de las minorías étnicas y otras minorías?

¿Son derechos de los ciudadanos el control frente a poderes corporativos que se imponen por encima de los intereses de las comunidades? ¿Cuál debe ser el balance entre los derechos individuales y los de la comunidad? entre otros; es decir, ya no es un asunto de definición, sino de ejecución real acerca del rol de la ciudadanía: ¿de qué vale condimentar la sociedad de ideales sino es posible materializarlos en respuestas concretas y en beneficios palpables?” (“La Revolución de la ciudadanía; participación ciudadana y desarrollo en América Latina”; Ramón Azòcar, CENDES-UCV-, 2003).

Si tal y como se dijo en los capítulos anteriores de este ensayo, el debilitamiento crónico del sistema de justicia guatemalteco es el principal obstáculo para la instauración de un verdadero Estado Democrático de Derecho en nuestro país, y si no hay democracia real que sea posible sin la vigencia del principio de legalidad, entonces conviene orientar por ese lado el enfoque de la participación ciudadana, asumiendo que en la construcción de ciudadanía las tareas prioritarias tienen que ver con atender a esta grave deficiencia en nuestro incipiente y frágil sistema democrático.

Pero ello conlleva al menos 4 problemas fundamentales que es necesario identificar y enfrentar de manera resuelta y creativa, pues ejercen un carácter restrictivo o al menos inhibitorio de la participación ciudadana.

El primero de ellos se relaciona con mega-tendencias globales de carácter político y económico; el segundo, con requerimientos de carácter histórico-institucionales; el tercero, con dificultades de configuración del sujeto social de los cambios democráticos; y el cuarto, se vincula con problemas subjetivos de percepción de los actores sociales.

Muy brevemente, paso a detenerme en cada uno de ellos.

En cuanto al primero (mega-tendencias de carácter global), se refiere al “jaloneo esquizoide” (tirando en dos direcciones opuestas simultáneamente), bajo el cual los Estados nacionales de inicios del siglo XXI están sometidos por la influencia injerencista de múltiples y poderosas corporaciones multi- y transnacionales en la vida política y económica de tales Estados.

“En la región centroamericana el proceso de modernización y descentralización del Estado está sobredeterminado por un conjunto de reformas económicas y políticas más amplio, ligado a tendencias globales que surgen como producto de nuevos procesos de acumulación del gran capital.  Estos últimos, entre otras cosas, cuestionan y promueven el reordenamiento de las formas de relación entre el Estado, el mercado y la sociedad, disminuyendo drásticamente la importancia social del mismo” (“Contribución al debate sobre la modernización y descentralización del Estado”; Sergio Barrios Escalante; FLACSO-Guatemala/PPD, 2004, p. 67).

“Sin embargo, se observa una fuerte tensión entre los alcances de la democracia y los niveles de pobreza y exclusión social…

Instituciones políticas que pierden credibilidad y la persistencia de las situaciones de pobreza y exclusión social constituyen un escenario complejo que torna las democracias vulnerables frente a la injerencia de los poderes fácticos” (“La democracia en América Latina”; PNUD, 2004, p. 175).

El segundo problema, requerimientos de carácter histórico-institucionales, se relaciona con la necesidad postergada de la construcción en Guatemala de un Estado Plural, que abarque la enorme diversidad étnica, lingüística y cultural que forman las distintas naciones que componen el país, tal y como es abordado amplia y profundamente por la mayor parte del Informe Nacional de Desarrollo Humano –IDH- de NNUU correspondiente a Guatemala (“Guatemala; Diversidad Étnico-cultural”: Informe de Desarrollo Humano”; PNUD, 2005).

“En una nación multiétnica cabe preguntarse quiénes y con què leyes se juzga y condena y, si en efecto, todas las personas son procesables…

El derecho de acceso a los tribunales de justicia en tanto es difícil o imposible para los indígenas u otros sectores pobres, niega el derecho a una vida digna…

Por otro lado, las relaciones entre indígenas y no indígenas en el ejercicio de la justicia no han sido estáticos.  En los últimos años, aquellos han venido tomando conciencia creciente de una realidad legal que no respeta sus tradiciones.  De hecho, ha ocurrido tanto un debilitamiento del sistema de justicia indígena como numerosas reacciones para fortalecerlo.  Hay políticas de Estado que buscan respetar su proyecto de poder plural y al mismo tiempo políticas que lo contradicen… (op  cit, p. 225).

Esta necesidad histórica de construir en Guatemala un Estado plural e incluyente es expresada a su manera también por Poitevin;

“Dentro de los numerosos estudios que se han hecho del orden oligárquico, ha quedado ya debidamente solventada la cuestión de sus rasgos generales, pero aún no ha sido debidamente abordada la cuestión de la identidad. Es indiscutible que el régimen liberal logra la configuración de un estado que hegemoniza un territorio determinado, así también que alrededor de estas repúblicas impregnadas de autocracia empieza a darse la matriz de una nacionalidad de carácter mestizo discriminatoria sí, pero el punto de partida de lo que más tarde será llamado lo nacional.  Esta nacionalidad es parcial, excluyente y reposa sobre un Estado mono étnico…”(“Los Problemas de la Democracia”; René Poitevin; FLACSO, 1992, p. 18).

El tercer factor restrictivo (dificultades de configuración del sujeto social de los cambios democráticos), está íntimamente relacionado con la preponderancia de diversos elementos de heterogeneidad social, la fragmentación, y los efectos de largo plazo de la represión sobre las capacidades organizativas y estados anímicos de los sectores sociales guatemaltecos.

René Poitevin lo expresa de la siguiente manera;

“La constitución de los sujetos: En la sociedad guatemalteca los sujetos sociales en tanto actores capaces de asumir y orientar los derroteros de la sociedad ofrecen graves dificultades para organizarse. De entrada tenemos el problema de la heterogeneidad, que por si sola no debería ser un obstáculo insalvable, pero que en nuestro caso llega a extremos tales que impiden al actor pueblo pueda constituirse con la capacidad suficiente para influir de manera determinante en la vida política.

…La represión sistemática ha conducido a una ausencia de líderes y ello ha repercutido en la cristalización de las organizaciones populares que en un proceso claramente cíclico surge, se expresan e inmediatamente son decapitadas, reprimidas y disueltas, para comenzar el ciclo de nuevo, probablemente en peores condiciones” (R. Poitevin; op cit, p. 27).

Y el cuarto aspecto o factor citado (problemas subjetivos de percepción de los actores sociales), se relaciona con la falta de identificación de múltiples sectores y actores sociales con los requerimientos de participación directa en un escenario de transición y consolidación democrática.

El más sobresaliente elemento de este aspecto se expresa en la extendida apatía hacia toda forma de participación organizada, ya sea desde lo local hasta los niveles regional y nacional, y tiene mucho que ver con la profunda desconfianza que extensos sectores sociales tienen sobre la vida política e institucional del país.

“Y todo ello, bajo un nuevo paradigma social que revaloriza y redimensiona el rol de la sociedad civil. Al respecto, Karen Poncianos enuncia; “Por ello sostenemos que los acuerdos y las iniciativas o propuestas globales de un nuevo modelo alternativo para construir una nueva nación, son irrelevantes si no se transfieren a un nivel concreto. En otras palabras, son significativos en la medida que impliquen un cambio en la vida de cada miembro de la sociedad” (“El rol de la sociedad civil en los procesos de paz de Guatemala y El Salvador”; Karen Poncianos C.; INCEP, 1996).

“Esta observación es igualmente válida para el proceso de negociación: mientras la sociedad no se sienta parte del proceso y se muestre indiferente a él, difícilmente va a hacer suyos los acuerdos que se produzcan por la vía de la negociación” (Op cit).

Como se dijo algunas líneas arriba, estos cuatro factores citados son inhibitorios de la participación ciudadana real y efectiva, y en el contexto guatemalteco conviene tomarlos en cuenta a la hora de delinear estrategias de intervención al respecto.

Por otra parte, visto lo anterior, resulta bastante claro que es indispensable la participación de la sociedad civil en el fortalecimiento de la democracia, pero ello incluye un salto de calidad en el tipo de participación, su redefinición, y sobre todo, una re-operacionalización de la misma.

Algo de esto se hace evidente en el importante estudio del PNUD citado líneas arriba;

“Es indispensable ampliar el debate sobre el Estado en América Latina. Mientras que durante los últimos veinte años el énfasis fue puesto en cuestiones tales como las privatizaciones, el tamaño y el gasto del Estado y la modernización de sus burocracias, fueron dejados de lado dos temas principales: el poder efectivo del Estado para aplicar el mandato electoral y el poder para democratizar, es decir, su capacidad para alcanzar de manera universal en todo su territorio a todas las clases sociales” (PNUD, 2004, p. 187).

Esta última cuestión es la condición necesaria para lograr que los derechos y las obligaciones tengan vigencia efectiva.  Si estas condiciones no se cumplen, resultará un déficit de estatalidad.  Serias fallas en la vigencia del Estado de Derecho afectarán directamente la sustentabilidad y el desarrollo de la democracia…” (Op Cit).

“….este es un debate urgente, porque en América Latina existe una crisis de estatalidad a la que entendemos como la capacidad del Estado para cumplir con sus funciones y objetivos independientemente del tamaño y forma de sus burocracias” (Op Cit, p. 187).

Para cerrar el tema de la vinculación de la lucha contra la impunidad con la construcción de ciudadanía, habría que recordar que ambos procesos tienen un denominador común, que es precisamente la construcción de un Estado Democrático de Derecho.

En tal sentido, y para fines prácticos de operacionalizaciòn de planes, estrategias, programas o proyectos, conviene tener claro no sólo los principales factores restrictivos, sino además, cuales son las diversas “ventanas de oportunidad” que la vida política-institucional de Guatemala ofrece para poder dar la batalla en ese plano.

En lo personal, visualizo diversas plataformas.  Una de ellas está relacionada con el marco normativo de la descentralización, tanto en el sector justicia propiamente dicho, como en el marco legal de descentralización del sector público en el ámbito de la gestión presupuestaria (Ley General de Descentralización, Ley de Consejos de Desarrollo, y el Nuevo Código  Municipal entre otros).

Pero también hay otros ámbitos en los cuales se puede promover la participación ciudadana relacionándola con la lucha contra la impunidad; están diversas instancias de reciente conformación intersectorial e interinstitucional (El Consejo Asesor en Seguridad –CAS-, la recién aprobada “Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala  -CICIG-, las distintas instancias, redes y foros departamentales, regionales y nacionales de coordinación del trabajo de las organizaciones de la sociedad civil en el sector justicia y de los Derechos Humanos, así como las diversas organizaciones y redes que velan por los derechos humanos de la niñez, tercera edad, víctimas del conflicto armado y de diverso tipo, recipiendarios de resarcimiento,  y otros sectores específicos  etc.).

Adicionalmente, se cuenta también con un relativamente novedoso marco jurídico nacional e internacional, que abre nuevos espacios de incidencia desde la sociedad civil en cuanto al fortalecimiento de la justicia.  Para citar solamente dos de esos instrumentos jurídicos, mencionamos el Convenio Internacional 169 de lo OIT, y el “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional” (CPI), el cual, entre otras cosas, hace posible la lucha en contra del crimen de genocidio, los crímenes de lesa humanidad (asesinato, exterminio, esclavitud, deportación, traslado forzoso de población, encarcelación ilegal, tortura, violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada), contra los crímenes de guerra y los crímenes de agresión (“Corte Penal Internacional –CPI-, La Universalización de la lucha contra la impunidad”; Fundación Myrna Mack -FMM-, julio, 2002).

Finalmente, es importante resaltar la importancia de trabajar en un sector clave del sistema de seguridad estrechamente ligado a la problemática de la impunidad.  Se trata de las Fuerzas Armadas.

Como se sabe, en países como Guatemala y muchos otros de América Latina, donde en años recientes y por largas décadas el desborde de la función militar abarcó la sujeción autoritaria de la casi totalidad de la vida política e institucional de la sociedad, aún perviven reticencias y peligros de un retroceso en el repliegue de las fuerzas armadas a sus estrictas funciones constitucionales.

Al respecto, ya desde el período previo a la firma de los Acuerdos de Paz, una Comisión especial  de la Academia Nacional de Ciencias de los EEUU (NAS), en visita realizada a Guatemala en el año de 1992, entre otras cosas relativas a la extrema militarización del país encontraron en esa época lo siguiente;

“The 40,000-person army and 3,000-person mobile military police Ander the minister of defense have primary responsability for national security. The National Police (about 11,000 members) and the treasure police (about 2,000 members) report to the minister of the interior.

In addition, there are civil defense committees (CVDC), also known as civil defense patrols (PAC), wich are made up of an estimated 500,000 persons who are responsible for counterinsurgency and maintenance of law and order” (“Scientists and Human Rights in Guatemala”; report of a delegation; National Academy of Sciences; National Academy Press, Washington, D.C., 1992, p.22).

Hoy en día, ese medio millón de Patrulleros Civiles citados por el informe ya no existen en tal forma, pero la militarización sin control directo del Estado es todavía más fuerte que entonces.

Por ello y muchas razones adicionales, en países como el nuestro se hace indispensable el avanzar en la reforma y modernización de las fuerzas armadas, como una forma no sólo de darle cumplimiento a muchos de los mandatos y compromisos específicos asumidos en el Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil (ASFPCFESD), sino además, como una forma pro-activa de atajar una de las fuentes más conocidas de impunidad en sociedades que viven etapas de post-conflicto.

En tal sentido, vale la pena citar algunas de las propuestas globales que se han hecho respecto al control democrático del poder militar.  Algunas coinciden con recomendaciones citadas en el sub-acuerdo “ASFPCFESD”, y otras son de un carácter más general y abstracto pero igual de importantes.

Entre ellas, podemos mencionar las siguientes;

-Encontrar el balance fino entre el orden civil y militar.

-Tener instituciones militares con un papel pasivo y neutro en la arena política.

-Sujeción de las funciones centrales de las fuerzas armadas a la defensa del territorio nacional y a contrarrestar los desastres físicos.

-La eliminación legal de artículos y procedimientos jurídicos que enfatizan la posibilidad de “inmunidad de facto”.

-La eliminación de privilegios militares que separan a los miembros de las instituciones armadas del resto de la sociedad.

-La limitación de la inteligencia militar a asuntos estrictamente militares.

-Terminar con la intromisión militar en tareas policiales, pues ello sólo contribuye a perpetuar la estigmatización de las FFAA como entes represores.

-Mejorar las capacidades reales del accionar del Estado en las áreas de la seguridad.

-Las políticas del Estado en relación al sector de la seguridad no sólo deben de tener existencia concreta (además de involucrar a la sociedad entera en su elaboración consensuada), sino además, deben de mantener coherencia con los objetivos generales de la acción política del Estado (“Función militar y control democrático”; Conferencia Internacional; B. Arévalo (compilador); FLACSO, WSP, IGEDED, 2000).

VII. Conclusiones Generales.

A lo largo de este ensayo hemos visto que la transición hacia la democracia en Guatemala es un proceso permanente e inacabado y por ello, infinitamente perfectible.

Si partimos de la base de que aún estamos lejos de ver la concreción de un verdadero Estado Democrático de Derecho (entendido tal y como lo hemos venido asumiendo en este ensayo), la pregunta sobre si ya está consolidado no tiene sentido cuando observamos sus cimientos todavía endebles.

Es evidente que la instauración de tal Estado Democrático de Derecho es impensable sin el debido fortalecimiento del sistema de justicia y sin el estricto cumplimiento de un conjunto de requerimientos esenciales; vigencia de los Derechos Humanos; reforma y modernización del sistema de seguridad; una constante y efectiva lucha en contra del reinado de la crónica impunidad que aqueja al país desde hace muchos años, la construcción de una ciudadanía plena y otros desafíos no menos importantes.

En tal sentido, se considera que el papel activo de la sociedad civil organizada es clave para la consecución de tales objetivos de gran escala y largo aliento.

Pero ello requiere de una ciudadanía que esté, en primer lugar, informada, interesada, comprometida, organizada y orientada con sentido estratégico, tanto en el nivel de su actuación, incidencia y proposición, como en el sentido de la comprensión del carácter histórico y colectivo de tal tipo de misión.  Es decir, de una ciudadanía en condiciones de abandonar el tradicional papel de “masa silenciosa y apática”.

Por otra parte, los dos principales “momentos históricos” de la transición guatemalteca que hemos revisado en este ensayo (1985, 1996), sumados a los significativos esfuerzos colectivos asumidos en lo que llevamos caminado en la etapa de post-guerra (1996-2008), han sido claramente insuficientes (como frustrantes) para trasladar del papel a la realidad las diversas agendas de nación que se han formulado junto a la parte sustancial de los Acuerdos de Paz.

Esa situación impone una exhaustiva revisión del camino andado, los métodos aplicados, las lecciones aprendidas, los recursos derrochados y una revisión de los desafíos no asumidos, así como de los retos nuevos que no se habían contemplado anteriormente pero que en la práctica se han venido adicionando en los últimos años, y aún más, en los últimos meses.

Por ello es de suma importancia el llamado que se hace en torno al urgente debate sobre el Estado (en particular, en lo tocante al llamado “déficit de estatalidad”), pues resulta evidente que la inercia propia tanto de la fuerza como de la capacidad de actuación de la sociedad civil en países como Guatemala, es insuficiente para quebrar las enormes y numerosas resistencias al cambio que tozudamente siguen ejerciendo ciertos actores políticos y sociales.

En cualquier sistema la voluntad política receptiva hacia los cambios por parte de los principales actores hegemónicos no es un regalo dadivoso, sino un resultado concreto de la efectividad de la puja de las fuerzas sociales interesadas en las transformaciones.

En consecuencia, la participación ciudadana y la construcción de ciudadanía sólo tiene sentido en la medida que su accionar cobre incidencia real en el Estado, y de esa forma retroalimente sus propias capacidades y eleve su propia auto-estima frente a sí misma y frente a sus interlocutores institucionales.  Todo ello sin olvidar la existencia de otros actores “extra-estatales”, que también cuentan en el escenario nacional; transnacionales depredadoras del tejido social local, poderes fácticos internos, círculos oligárquicos y otros.

Finalmente, hemos visto que en torno  a la agenda transformativa del sector justicia, de lucha por los derechos humanos y de lucha contra la impunidad, la sociedad civil cuenta con una serie de “caminos” y herramientas legales e institucionales, que articuladas con una eficiente presión social, aún puede echar mano, a fin de hacer sentir su presencia e incidencia ante los conductores del Estado.

Una conclusión lógica de ello es entonces que cualquier proceso de construcción de ciudadanía en torno al fortalecimiento de la justicia en Guatemala, requiere de una mayor y mejor implicación de antiguos y nuevos actores sociales, trascendiendo el sectorialismo, el fraccionalismo, el inmediatismo y una larga cadena de ominosos ismos.

Fin.

Ciudad de Guatemala

09 de enero, 2008.

 

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Hemerografìa:

-“Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática”; México, 19 septiembre, 1996.

-“Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas”; México, 31 marzo, 1995.

-Albizures, Miguel A.; “Democracia y sistema de justicia”; El Periódico, 07 de enero 2008.

-Arévalo, B.; (compilador); “Función militar y control democrático”; Conferencia Internacional; FLACSO, WSP, IGEDED, 2000.

-_______“Hacia una política de seguridad para la democracia”; Tomo I y II, 2002.

-Azòcar, Ramón; “La Revolución de la ciudadanía; participación ciudadana y desarrollo en América Latina”; CENDES-UCV-, 2003.

-Barrios, Escalante, Sergio; “Contribución al debate sobre la modernización y descentralización del Estado”; FLACSO-Guatemala/PPD, 2004.

-Berganza, Gustavo; “Con un Estado así no se puede trabajar”; El Periòdico, 04 de abril 2006.

-(CEH): Recomendaciones de la “Comisión para el Esclarecimiento Histórico”, 1998.

-(CFJ): “Una Nueva Justicia para la Paz; Comisión de Fortalecimiento de la Justicia, 1998.

 

-IDEA: “Democracia en Guatemala; la misión de un pueblo entero”, 1999.

 

-Fundación Myrna Mack –FMM-; “CPI, La Universalización de la lucha contra la impunidad”; julio, 2002.

-National Academy of Sciences–NAS-;“Scientists and Human Rights in Guatemala”; report of a delegation; National Academy Press, Washington, D.C.1992.

-Procuraduría de los Derechos Humanos-PDH-; “Acuerdos de Paz, un compromiso para el cambio”; 2006.

-PNUD- “La democracia en América Latina”; 2004.

_______“Guatemala; Diversidad Étnico-cultural”: Informe Nacional  de Desarrollo Humano”; 2005.

-Poitevin, René; “Los Problemas de la Democracia”; FLACSO, 1992.

-Poncianos, Karen; “El rol de la sociedad civil en los procesos de paz de Guatemala y El Salvador”; INCEP, 1996.

-Rojas, Aravena, et al; “La Nueva Agenda de la Seguridad en Centroamérica”; FLACSO, 1998.

 

 

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Sergio Barrios Escalante, se desempeña como investigador social y consultor independiente.  Es editor de “Tulum”.

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