La sentencia de la Corte de Constitucionalidad envió el juicio por genocidio a un laberinto 

Por Edgar Miguel Kan

El viernes 10 de mayo de 2013 fue una fecha histórica para la memoria colectiva de los pueblos del mundo, un Estado juzgó a un conciudadano por el delito de GENOCIDO. Es el caso del militar José Efraín Ríos Montt, quien fue jefe de facto en un gobierno abiertamente servil a los intereses económicos nacionales e internacionales, cumpliendo a cabalidad la agenda del imperialismo, ejecutando a poblaciones por su condición étnica, política y de clase, utilizando el terror abierto que desarrolló el imperialismo francés en su manual de guerra contra-subversiva, así como las tácticas de guerra estadounidenses que recuerdan los horrores infrahumanos del Medioevo.

La sentencia que decidió la relación jurídica de los generales en situación de retiro, absolvió a José Mauricio Rodríguez Sánchez, y condenó Efraín Ríos Montt a 80 años de prisión: 50 años por el delito de Genocidio y 30 años por el delito de deberes contra la humanidad. Sentencia por demás importante ya que otorga desde el ámbito jurídico un reconocimiento al horror vivido por las miles de víctimas indígenas y un racional efecto del poder punitivo; ello significó un paso importante para el reconocimiento del actuar atroz, salvaje y brutal del Estado.

El tribunal realizó un reconocimiento de hechos atroces y en base a los elementos probatorios emitidos en el debate, basándose en principios de racionalidad y control, se concluyó a partir de las pruebas que los hechos constitutivos de la conducta violenta y aberrante que es el genocidio sucedió en los años 82 y 83, en que Efraín Ríos Montt fue el jefe de estado y quien tuvo conocimiento y el poder de haber detenido las masacres suscitadas. Esta es una verdad histórica que hasta el 10 de mayo no había sido reconocida por parte de un poder del Estado.

La respuesta democrática, justa y tardía por parte del Estado-burgués se desplomó por acuerdos consensuados en el órgano más político que el Estado guatemalteco ha creado: la Corte de Constitucionalidad. Los magistrados son operadores políticos, más que juristas consagrados a la interpretación de las garantías fundamentales, sobre la cual se erige hoy el Estado de Guatemala.

La histórica sentencia emitida por el Tribunal A de Mayor Riesgo fue atacada por varios recursos y acciones procesales que tenían como objetivo hacer cumplir a cabalidad la posición oficial de la oligarquía, la negación del genocidio como hecho social y político en el país. Esos grupos burgueses que se beneficiaron de la política de terror y exterminio que llevó a cabo Ríos Montt, son los que hoy a través de la institucionalidad forjada tras la constitución de 1985, hacen que los magistrados, funcionarios, políticos y partidos, encubran por medio de la ficción democrática sus intereses de clase que atentan contra las capas obreras, campesinas e indígenas oprimidas.

Uno de los recursos más inoportunos contra la sentencia fue el “ocurso en queja” presentado por los abogados defensores, instrumento que los magistrados de la CC representantes del Poder Legislativo, del Poder Judicial y del Colegio de Abogados utilizaron para anular la sentencia más significativa para la historia popular del presente siglo. Bajo la figura más inocua dentro del entramado del mundo procesal, ellos fundamentaron una resolución que busca cumplir el mandato de los patronos, bajo argumentos de interpretación extensiva violentando la lógica procesal fundamental: no regresar a etapas precluídas, ya que con base en el mal comprendido derecho de defensa, decidieron anular la sentencia y retrotraer al 19 de abril las actuaciones dadas en el debate, acción que generará infinidad de recursos y acciones más, que orientarán hacia el inicio de un nuevo juicio.

Los representantes de la Universidad de San Carlos (USAC) y del Poder Ejecutivo en la CC, difirieron de la resolución. Adujeron que la recusación planteada ante la presidenta del tribunal no era oportuna y su derecho había prescrito, así como que la actuación de la defensa faltó a la ética profesional, pues el abogado defensor conocía de antemano la composición del tribunal.

Desde el Partido Socialista Centroamericano (PSOCA) sostenemos que la ofensiva política contra el caso de genocidio, es parte de la defensa de los intereses oligárquicos burgueses y que la estructuración del Estado burgués permite el corporativismo burocrático y de intereses que sojuzgan la sed popular de justicia. La verdadera justicia para las víctimas del genocidio solo se dará en la medida que los culpables sean juzgados tribunales obreros, campesinos y populares, no por el corrupto sistema judicial burgués.

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