Por Juan Carlos Bardales
La huelga bananera de 1934 en Costa Rica, y la huelga bananera de 1954 en Honduras, marcaron una etapa de desarrollo de los sindicatos en Centroamérica. En esta ocasión, nos vamos a referir a la gran huelga de 1954 en Honduras
Del 30 de abril al 8 de Julio de 1954 se desarrolló en ese país, la primera gran huelga general, que se inició como una huelga de los trabajadores bananeros pero que se transformó en un gran movimiento nacional, que terminó cambiando las instituciones del Estado de Honduras
El proletariado bananero
La administración de la Tela Railroad Company, subsidiaria de la United Fruit Company , en Honduras, conocida actualmente como Chiquita Brands, se negó a pagarles a los trabajadores muelleros del Puerto de Tela el doble del salario por concepto de trabajo en días festivos.
Desde el 4 de marzo de 1949, se había establecido obligatoriamente el pago doble por días festivos (feriados). Eso provoco el descontento en las instalaciones de la Tela y Puerto Cortés. Los trabajadores paralizaron las actividades y anunciaron una huelga. Constituyeron el Comité de Huelga y prepararon el pliego de peticiones.
Al conocerse la intransigencia de la compañía, varios departamentos se sumaron a la paralización de actividades. En lugares como El Progreso y Bataan la organización de los trabajadores estaba en ascenso. El 30 de abril se convocó a una marcha para celebrar el
1 de mayo. La presencia multitudinaria de los trabajadores y el respaldo de la población fue el detonante para declarar una huelga general en todas las instalaciones de la compañía Tela Railroad.
El Comité Central de Huelga
El 3 y 4 de mayo, los trabajadores habían paralizado las actividades y se amplió el movimiento huelguístico. El 7 de mayo, los trabajadores de la Standard Fruit Company, Castle and Cook, se unieron solidariamente a la huelga con los trabajadores de la United Fruit Company, movilizándose alrededor de 15, 000 trabajadores de la zona de La Ceiba, sede de la Standard.
Se constituyó el Comité Central de Huelga el 17 de mayo. La amplia solidaridad mostrada al movimiento de los trabajadores bananeros despertó muestras de apoyo militante de todo el pueblo de Honduras, más de 35, 000 trabajadores se movilizaron a nivel nacional en solidaridad. El país experimentó una verdadera conmoción espiritual y humana al volcarse todos los sectores, estudiantes, comerciantes, artesanos y mujeres. Hubo adhesiones de solidaridad internacional. Después de muchos días de jornadas de negociación y el patrocinio de la Comisión Mediadora del Estado, el 8 de julio de 1954 se firmó el convenio definitivo.
Con la huelga general de 1954 surgen los sindicatos y federaciones, así como su reconocimiento legal por parte del Estado. La rebelión obrera de 1954 obligó a la oligarquía Hondureña a modernizar las instituciones del Estado, creando el Ministerio del Trabajo, Asistencia Social y Clase Media. En 1959 fue promulgado finalmente el Código del Trabajo.
Pliego de 30 puntos
A continuación transcribimos literalmente el documento que contiene los treinta puntos presentados por los trabajadores ante la administración de la United Fruit Company, y que fue publicado en "El Cronista", D.C. No. 9068, Tegucigalpa, el sábado 15 de mayo de 1954.
“Tela, 11 de mayo de 1954
Sr. J.F. Aycock
Gerente General de la Tela Rail Road Company
La Lima, Cortés, Honduras
Nosotros, los abajo firmantes y en representación de todos los trabajadores de las diferentes dependencias de la Empresa, apoyándonos en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, aprobada por la Organización General de la Naciones Unidas, que proclama que toda persona tiene derecho a condiciones equitativas y satisfactorias en el trabajo y a la libre organización para la defensa de sus derechos materiales, sociales, culturales y políticos; derecho claramente expresado en el contenido de la Carta Interamericana de Garantías Sociales de Bogotá y aprobada por nuestro Congreso Nacional.
CONSIDERANDO: Que en los últimos tiempos se ha elevado considerablemente el costo de la vida.
CONSIDERANDO: Que mientras se eleva el costo de la vida, los salarios que devengamos no solamente permanecen congelados sino que por la misma desvalorización de nuestra moneda, tienden a disminuir reduciendo en forma alarmante nuestro poder adquisitivo.
CONSIDERANDO: Las pésimas condiciones en que nos vemos obligados a trabajar;
POR TANTO: Acordamos dirigir a Ud., las siguientes peticiones:
a) Aumento sustancial en los salarios de los empleados y trabajadores, acondicionado al costo de la vida actual, según tabla adjunta.
b) Abolición del trabajo por contrato, a excepción de los trabajadores exclusivamente agrícolas del Depto. de Agricultura para el cual adjuntamos una tabla especial.
c) Pago directo por la Cía. y no por intermedio de los patrones a la servidumbre asignada a los empleados; con un sueldo de L.60.00 las cocineras; de L.50.00 las lavanderas y L.100.00 a los sirvientes de patio, con comida y vivienda.
d) EMPLEADOS POR HORA: muelles Aumento de salario en un 50% de día en tiempo regular de 8 horas y pago doble en tiempo extra sobre ocho horas; de noche y pago doble en tiempo extra.
A los empleados de muelle les será reconocido el tiempo desde el momento en que sean distribuidos los Boletos de Identificación.
(2) a) Que sean mejorados los servicios de Hospital y Dispensarios en toda forma, estos últimos servidos por médicos graduados y que en los primeros haya por los menos un médico de turno durante la noche.
b) Los empleados contribuirán al sostenimiento del Hospital con el 2% de su sueldo, si límites; teniendo servicio gratuito para ellos y sus familiares: padres, cónyuges e hijos.
c) En caso de que la compañía, por cualquier motivo le sea imposible tratar a un empleado o trabajador en sus hospitales, debe reconocerle los gastos de su tratamiento..
d) La servidumbre asignada a los empleados recibirá los servicios médicos en la misma forma que el resto de los empleados o trabajadores.
(3) Sueldo corrido en caso de enfermedad para los trabajadores por hora.
(4) Pago semanal del salario.
(5) Abolición d los despidos sin causa justa y previamente comprobada.
(6) Jornada máxima diurna de 8 horas y doble pago por las horas extras, tanto para los empleados mensuales como para los por hora.
(7) Jornada máxima nocturna de 6 horas y doble pago por las horas extras, tanto para los empleados mensuales como para los por hora.
(8) Vacaciones de 15 días al año con goce de sueldo para los empleados que devengan menos de 200 lempiras en el mes, y d e30 días a quienes devengan más de 200 lempiras, ya sean ambos empleados por mes o por hora y que tengan por lo menos un año de servicio.
(9) Transporte ferroviario gratuito a los trabajadores, empleados y familiares, cada vez que los soliciten.
(10) La Compañía proveerá los implementos necesarios a los trabajadores para el desempeño de sus respectivas labores.
(11) Salario igual por trabajo igual.
(12) Trato justo para todos los trabajadores.
(13) Bonificaciones para todos los trabajadores sin excepción, en junio y en diciembre.
(14) a) Mejoramiento de la alimentación en los muelles, debiendo construirse para su distribución comedores apropiados e higiénicos.
b) Conceder una hora de paro retribuida para tomar sus alimentos.
c) Reconocer los paros en el trabajo de cualquier índole que no sean causados por el trabajador.
d) Reconocimiento de tiempo después de cinco minutos trabajados, como media hora, y 35 minutos, como hora entera.
e) Uniformidad de salarios para vigilantes, jornaleros de la aduana y trabajos misceláneos sean pagados en planillas del muelle.
f) Jubilar a todo muellero que llegue a la edad de 50 años por ser un trabajo completamente agotados, debido al exceso de labores nocturnas y que tenga cuando menos de 5 años de trabajo.
(15) A los empleados de Hoteles y Hospitales que se les retribuya el valor de los alimentos para tomarlos fuera de dichas dependencias, sobre la base un cálculo de 60 lempiras por persona.
(16) A los trabajadores de lavanderías que se les ponga como empleados mensuales.
(17) Que no se niegue permiso bajo constancia a ningún empleado o trabajador cuando éste lo solicite por causas justificadas o por fuerza mayor.
(18) Reconocer gastos de comida de primera clase a todos los empleados y trabajadores que salgan de su residencia en el ejercicio de sus labores.
Control estricto de los vales de comida, ya que muchos "vouchers" salen recortados. Reconocimiento de un vale extra en el trabajo nocturno.
(19) Reconocimiento de la semana de 44 horas para empleados mensuales. Que se principien las labores en los talleres a las 6:30 a.m. y en las oficinas a las 7:00 a.m.
(20) Las cocineras y lavanderas recibirán gratuitamente su alimentación en las casas donde presten sus servicios y no se les cobrará por trastes o utensilios extraviados o destruidos.
(21) Abolición de la obligación de comer donde los capataces.
(22) Que todos los empleados sea considerados como tales, al momento de su hospitalización sin discriminación de raza.
(23) La compañía proporcionará a los trabajadores los equipos necesarios para la protección de su salud tales como: caretas, guantes, gafas, capotes, etc.
(24) Vivienda higiénica para todos los trabajadores que carezcan de ella.
(25) Enseñanza primaria completamente laica y gratuita para todos los hijos de los empleados y trabajadores y que en las escuelas rurales cada profesor trabaje con dos grados como máximo.
Los útiles que se suministren a los niños deben ser obsequiados y no prestados como hasta ahora.
(26) Asignarle cocinera y mantenimiento de casa a los empleados que devenguen sueldos de L.200.00 en adelante y que sean casados.
(27) Garantizar que no habrá por parte de la Empresa destituciones ni procesos de ninguna especie, para los dirigentes, trabajadores y personas envueltas en este movimiento huelguístico. Restituir en sus labores a quienes hayan sido despedidos por esta causa.
(28) Pago completo de sus salarios a todos los trabajadores, durante el tiempo comprendido desde el día que principió la huelga hasta el día en que se reanuden las labores.
(29) Habrá un Comité Central Ejecutivo dependiente de nuestras organizaciones de trabajadores para velar por el cumplimiento de los puntos de esta petición.
(30) La resolución para poner término a la presente huelga se espera en la ciudad de El Progreso.
Delegado por Puerto Cortés: Juan B. Canales
Delegado por La Lima: César Augusto Coto
Delegado por El Progreso: S. Lilio Pineda
Delegado por Tela: M. Luis B. Yanes "