Por Armando Tezucún

El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) fue creado en octubre de 1946, durante el gobierno de Juan José Arévalo, el primero de los gobiernos de la década de régimen democrático de 1944 a 1954. La ley que lo creó especifica que es un ente autónomo del Estado, cuya finalidad es aplicar en beneficio del pueblo de Guatemala, un régimen nacional, unitario y obligatorio de seguridad social, de conformidad con el sistema de protección mínima. La constitución de 1985 señala que el Estado reconoce y garantiza el derecho a la seguridad social para beneficio de los habitantes de la nación.

Por muy buenas intenciones que hayan tenido los congresistas y constituyentes que aprobaron estas leyes, lo cierto es que los servicios del IGSS solamente benefician a las y los trabajadores en situación de dependencia con un empleo formal, que sabemos que es una minoría; para 2021 el dato es de 1,388,248 afiliados (https://www.igssgt.org/wp-content/uploads/2022/09/Boletin-EstadIstico-de-Afiliacion-2021-IGSS.pdf), el 18.74% de la población económicamente activa correspondiente a ese año (no hay datos globales disponibles para 2022).

Por otro lado, como toda institución del Estado burgués, el IGSS ha sido objeto de continuos saqueos y negocios turbios de parte de sus directivos. La extinta Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) investigó al menos dos casos de corrupción en torno al IGSS, el caso “IGSS-Pisa” y el caso “Negociantes de la Salud”; con el control de las cortes de justicia por parte de las estructuras corruptas de empresarios y políticos, la gran mayoría de los capturados por estos casos fueron absueltos y ahora gozan de libertad.

El acuerdo 1529

Con la intención de incrementar el número de afiliados y mejorar los ingresos de la institución, la Junta Directiva del IGSS emitió el acuerdo 1529, que fue dado a conocer a inicios del mes de febrero. Según esta disposición, todos los patronos que tengan al menos un trabajador deberán registrarse al IGSS y afiliar a sus empleados, eliminando el acuerdo 1123, según el cual el registro debía ser a partir del empleo de 3 trabajadores; la nueva disposición está vigente desde el 17 de enero, y según una vocera de la institución, la medida se tomó para incentivar la incorporación de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como emprendimientos, al sistema de seguridad social (Prensa Libre 1/02/2023).  

De acuerdo a la nueva norma, los trabajadores podrán solicitar una inscripción de oficio, en caso de que los patronos no la hagan, media vez acrediten su relación laboral mediante un contrato de trabajo, considerándose suficiente la existencia de un contrato verbal válido. Entre otras novedades, en adelante se considerará como centro de trabajo la casa de habitación o domicilio, si el trabajo es ejecutado en la misma, y se podrán afiliar el dueño, accionista, representante legal o miembro del consejo de administración si figuran en la planilla. Quienes no están incluidos son las y los empleados domésticos, que tienen un programa específico en el IGSS.

Unos días después, el IGSS emitió un comunicado aclarando que la incorporación de nuevos patronos y afiliados se hará de forma gradual, seis meses después de la entrada en vigencia del acuerdo, para dar tiempo a que la institución incremente su capacidad tecnológica y administrativa, para lo cual elaborará un plan de trabajo. Además, señaló que “El acuerdo aplica solamente a las empresas formalmente constituidas, es decir, aquellas que cuentan con patente de comercio vigente y se iniciará con el Sector Comercio y Servicios, posteriormente se incorporarán otros sectores de la sociedad” (La Hora 5/02/2023). La institución espera incorporar a 380 mil nuevos afiliados en tres años, gracias a esta decisión.

La nueva disposición es insuficiente

El acuerdo 1529 deja muchas dudas. En primer lugar, su intención es incorporar al sistema de seguridad social a las mipymes y pequeños negocios, lo que nos recuerda el discurso de los grandes empresarios, cuando para oponerse a cualquier reforma fiscal que afecte sus bolsillos sostienen que son estas pequeñas empresas la que tienen que pagar impuestos para mejorar los ingresos fiscales del Estado ¿pretende el IGSS mejorar sus ingresos a costa del pequeño empresariado, para no enfrentarse los grandes tiburones que no cumplen sus obligaciones?

Indudablemente las y los trabajadores de las pequeñas empresas tienen todo el derecho de gozar de los beneficios del IGSS, y la institución tiene la obligación de incorporar a estos compañeros, facilitando a la vez a los pequeños empresarios el proceso, para afectar lo menos posible las finanzas de la empresa y su supervivencia.

Creemos que es un tema complejo, pues con mucha frecuencia las pequeñas empresas logran subsistir precisamente gracias a la informalidad, al pago de salarios por abajo del mínimo, al no pago de prestaciones sociales, y al irrespeto de horarios de trabajo. Y está también el caso de la tiendas y tortillerías de barrio, donde jovencitas y jovencitos traídos del interior, con frecuencia indígenas, trabajan en condiciones deplorables sin ninguna garantía social ni salarios decentes.

Además, el hecho de que el acuerdo aplique solamente a las empresas con patente de comercio, deja por fuera a una gran cantidad de compañeras y compañeros que trabajan en negocios informales bajo condiciones de sobreexplotación.   

Los empresarios le echan la culpa al Estado

Como respuesta a la disposición decretada por el IGSS, las cámaras de empresarios empezaron a pronunciarse, y lo primero que hicieron fue criticar el acuerdo 1529, reclamando que ahora las empresas con un empleado tendrán que inscribirse, mientras el Estado mantiene una deuda millonaria con el IGSS, y no paga lo correspondiente a sus más de 354 mil trabajadores.

La Cámara de Comercio Guatemalteca, en un comunicado del 7 de febrero, sostuvo que “es inadmisible que los organismos del Estado de Guatemala no cumplan ante el IGSS” con la cuota patronal; explicó que la deuda del Estado acumulada desde 1957 a la fecha es de más de Q 60 mil millones (unos US$ 7,600 millones) “aspecto que socava la estabilidad financiera del sistema y recarga de forma injusta el sostenimiento de los servicios que presta, sobre los aportes de los patronos privados y trabajadores…” (Prensa Libre 7/02/2023). En el mismo sentido se pronunciaron la Cámara del Agro y la Cámara de Comercio Guatemalteco-Americana.

Si bien es cierto el dato de la enorme deuda que tiene el Estado con el IGSS, los empresarios se hacen de la vista gorda con la evasión que muchos de ellos hacen con el pago de cuotas. De estos casos no hay cifras globales documentadas, pero los compañeros de los sindicatos conocen de sobra los numerosos casos en que los patronos descuentan de los salarios de los trabajadores las cuotas del IGSS, pero no trasladan el monto a la institución, ni pagan la cuota patronal, de modo que cuando los empleados necesitan ser atendidos, se les niega el servicio. Hacia marzo de 2022 la deuda de los empresarios con el IGSS ascendía a Q 2,797.9 millones (Prensa Libre 14/02/2023).

El Estado burgués afecta a las y los trabajadores

Del dato de la acumulación de deuda del Estado con el IGSS a partir de 1957 deducimos que, con la contrarrevolución de 1954, la oligarquía y los militares decidieron socavar una de las instituciones que constituyó uno de los logros de la década democrático que beneficia a los trabajadores. Los gobiernos reaccionarios no solo persiguieron, encarcelaron y asesinaron a sindicalistas, campesinos y dirigentes democráticos, sino que pretendieron hacer retroceder los logros institucionales del período democrático.

De acuerdo a la Ley Orgánica del IGSS, artículo 40, decreto 295, la cuota del Estado como tal y como patrono, “se debe financiar con los impuestos que se creen o determinen para tal efecto” (Prensa Libre 14/02/2023). La creación de este o estos impuestos es atribución del Congreso de la República, pero éste nunca se ha ocupado de crear estos gravámenes para cumplir las obligaciones del Estado con el IGSS; sin ello, los sucesivos gobiernos se han negado a reconocer la astronómica deuda. El Ministerio de Finanzas aclaró que, a pesar de no haber un impuesto específico para los pagos al IGSS, siempre se ha incluido un aporte en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. En 2023 este aporte asciende a Q 1,400 millones, menos de la tercera parte del monto solicitado por el IGSS para el pago de las cuotas, Q4,500 millones; obviamente, la deuda del Estado no hace más que crecer cada año.

Por una reforma del IGSS en beneficio de las trabajadoras y trabajadores

La promulgación del artículo 1529 ha puesto de nuevo sobre el tapete el tema de la seguridad social en Guatemala y al IGSS como institución. Desde hace años se viene hablando de la crisis por la que atraviesa el instituto, la deficiencia en sus servicios, la baja calidad de las medicinas que prescribe, la privatización la atención en la medida en que recurre a la contratación de clínicas privadas para la realización de exámenes para los que no tiene el equipo necesario, etc.

Indudablemente que la culpa de la situación la tiene los manejos corruptos de los directivos, y la evasión del pago de cuotas por parte del Estado y los patronos. Exigimos al gobierno que elabore a la mayor brevedad un proyecto de ley que cree un impuesto a las ganancias de las grandes empresas para que se salde la deuda del Estado con el IGSS. Los sindicatos, en especial los de trabajadores del Seguro Social, tienen la tarea de denuncias a los patronos que no cumplen con la cotización y vigilar por el manejo transparente de los fondos de la institución. En el caso de las pequeñas empresas que deberán afiliar a sus trabajadores, proponemos que se les baje la cuota del 10% sobre los salarios que deben aportar al IGSS al 4%, y se compense aumentando sustancialmente la cuota que deben aportar las grandes empresas.

Hemeroteca

Archivo