13 de septiembre de 1996: ultimo fusilamiento en Guatemala

Por Armando Tezucún

Es ya un tema recurrente que, en época de elecciones, los candidatos de los partidos burgueses hagan toda clase de promesas demagógicas a los incautos votantes para granjearse su apoyo. En especial este ha sido el caso con los tópicos de seguridad, ante el incremento de los robos, asaltos, asesinatos y en especial las actividades delictivas de las pandillas juveniles, mejor conocidas como maras. Recordemos el lema de campaña de Otto Pérez Molina en las elecciones de 2011, cuando prometió “mano dura” contra la delincuencia; claro, al final los delincuentes resultaron ser él, su vicepresidenta y buena parte de sus ministros, que terminaron en la cárcel por actos de corrupción.

Dentro de las problemáticas que giran en torno a la seguridad ciudadana, está el de las penas aplicables a los distintos delitos, y a lo largo de los años ha generado agudas polémicas el tema de la pena de muerte. En cada proceso electoral, esta demanda es levantada por más de algún candidato o algún sector para obtener el apoyo de una población hastiada de la violencia delictiva y ansiosa de aplicar el ojo por ojo y diente por diente a los culpables de delitos mayores.

Giammattei pidió la reactivación de la pena de muerte

La campaña electoral 2023 no es la excepción, y la discusión de la pena de muerte ya está en la palestra pública. El tema lo inició el propio presidente de la república, Alejandro Giammattei, cuando el 27 de enero pasado, durante un acto de graduación de agentes de la policía, pidió la reactivación de la pena de muerte: “ojalá el Congreso de la República le devolviera lo que la constitución le dice al presidente de la república, el derecho del recurso de gracia para que la aplicación de la pena de muerte en Guatemala pudiera ser efectiva”, manifestándose decididamente en favor de la aplicación de la pena capital (La Hora 10/03/2023).

Unos pocos días después, el 31 de enero, un grupo de diputados oficialistas presentó una iniciativa de ley para reactivar la aplicación del indulto a la pena de muerte. En la plenaria de diputados del 1 de febrero, la iniciativa, denominada 6189, recibió el visto bueno y fue enviada a comisiones del Congreso para su discusión; el 14 de febrero obtuvo el dictamen favorable de la Comisión de Defensa, quedando pendiente el de la Comisión de Derechos Humanos.

El estado de cosas de la pena de muerte en Guatemala

Para comprender mejor la discusión en torno a la pena capital, es necesario aclarar que ésta se encuentra vigente en el artículo 18 de la Constitución Política de la República, que especifica los casos en que no es aplicable, y estipula: “Contra la sentencia que imponga la pena de muerte, serán admisibles todos los recursos legales pertinentes, inclusive el de casación; éste siempre será admitido para su trámite. La pena se ejecutará después de agotarse todos los recursos. El Congreso de la República podrá abolir la pena de muerte” (https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_Guatemala.pdf.). Sin embargo, en 2016 y 2017 la Corte de Constitucionalidad declaró inconstitucionales los delitos a los que es aplicable la pena de muerte, mediante las resoluciones 1097-2015 y 5986-2016.

Estos delitos eran asesinato, parricidio, ejecución extrajudicial, plagio o secuestro, torturas seguidas de muerte o daños graves a la salud, desaparición forzada, magnicidio, violación a menores de 10 años y los contenidos en la Ley Contra la Narcoactividad.

Años antes, en 2000, durante el gobierno de Alfonso Portillo, el Congreso de la República derogó el decreto 159, que regulaba el procedimiento para el otorgamiento del indulto a los condenados a la pena de muerte, recurso de gracia que correspondía al presidente de la república. En 2001 el presidente Portillo impulsó un proyecto para abolir la pena de muerte, pero fue rechazado. La última ejecución se llevó a cabo en el año 2000, por inyección letal.

En resumen, la pena de muerte está contemplada en el ordenamiento jurídico guatemalteco, pero un aspecto complementario, que es la posibilidad de que el presidente otorgue un indulto a los condenados, cambiándolo por pena de cárcel, no está vigente, y los delitos a los cuales era aplicable la pena capital ya no están sujetos a tal aplicación. Es decir, no hay ya delitos a los cuales se pueda aplicar como condena la pena de muerte, y el presidente de la república ya no tiene la potestad de perdonar a los hipotéticos condenados a muerte.

La iniciativa 6189

Esta iniciativa se titula “Iniciativa que dispone aprobar ley para la aplicación del Recurso de Gracia o Indulto de la pena de muerte”. Como mencionamos, fue presentada por diputados del partido oficialista y sus aliados, los partidos Valor, FCN-Nación, Une, Vamos y Partido Humanista, incluyendo a la presidenta del Congreso Shirley Rivera.

De acuerdo a estos legisladores, “Esta ley tiene como única finalidad determinar si en un caso concreto, a juicio del Jefe de Estado y bajo su estricta responsabilidad, procede conmutar la pena de muerte contenida en sentencia firme dictada por los órganos jurisdiccionales competentes para sustituirla por la de privación de libertad…”; la derogación del indulto en el año 2000 creó un vacío legal “…que ocasiona falta de certeza jurídica al no contar el condenado a pena de muerte, con el debido recurso final que es el INDULTO o perdón presidencial, con lo cual se violenta el Debido Proceso y el Derecho de Petición, ambos establecidos en la Constitución Política de la República, vacío legal que constituye un obstáculo para la debida aplicación de dicha pena y al no existir un procedimiento adecuado para cumplir con normativa constitucional, resulta necesario crear el mecanismo legal idóneo para cumplir con la finalidad que esta persigue…” (https://www.congreso.gob.gt/detalle_pdf/iniciativas/5976).

Los diputados aducen que la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ambos firmados por el Estado de Guatemala) señalan que toda persona condenada a muerte tiene derecho a solicitar la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena, “…no pudiéndose aplicar la pena de muerte mientras la solicitud esté pendiente de decisión ante autoridad competente” (Idem). En realidad, si leemos atentamente el Pacto de San José, su espíritu es el respeto a la vida de las personas, y en el caso de los países que no han abolido la pena de muerte, detalla una serie de restricciones para su aplicación; en el artículo 4, Derecho a la Vida, de seis acápites, cinco están destinado a poner limitantes a la aplicación de la pena de muerte.

Este énfasis en el derecho a la vida es ignorado por los ponentes de la iniciativa, y al parecer ignoran también que los delitos a los que era aplicable la pena capital ya no están afectos. Además, sabemos de sobra que la ley burguesa, en última instancia se aplica a los trabajadores y a las clases oprimidas, jamás a los capitalistas, tal como podemos observar en la aplicación de la pena de muerte en los estados de la Unión Americana donde la mayoría de ejecutados pertenecen a las minorías afroamericanas o latinos. Paradójicamente, los retrógrados diputados que propusieron la iniciativa no lo hicieron con la intención de que los futuros supuestos condenados a muerte puedan obtener el perdón presidencial, sino para que, al estar vigente este requisito, la pena de muerte tenga vía libre para ser aplicada.

La iniciativa 6189 sigue el camino hacia la aprobación por el Congreso

Si bien la Comisión de Defensa del Congreso de la República dio un dictamen favorable a la iniciativa, la Comisión de Derechos Humanos no lo ha hecho. Esta última anunció el 23 de febrero que realizaría una consulta a la Corte de Constitucionalidad antes de emitir su dictamen, además de citar al ministro de Gobernación y a expertos en temas de seguridad.

Dado que basta con que una de las comisiones de un dictamen favorable para que el pleno de diputados pueda conocer una propuesta de ley, el 22 de marzo en sesión plenaria los legisladores discutieron el primer debate de la iniciativa 6189. El 12 de abril avanzó el segundo debate de la misma. El tercer y final debate fue agendado para el 19 de abril, sin embargo, antes de que se conociera el punto, se rompió el cuórum, y no se pudo efectuar la votación.

El oficialismo está confiado en que la iniciativa será aprobada. El diputado Manuel Conde, candidato a presidente por el partido de gobierno Vamos, aseguró que una inmensa mayoría en el Congreso la respalda, “Es una discusión que debe de darse en el lugar adecuado y es el Congreso el lugar adecuado (…) yo espero que lo aprobemos porque este es un elemento más que nos va a permitir la llegada de la aplicación de la pena de muerte, tengamos el indulto y hagamos la denuncia total o parcial del pacto de San José y vamos poder aplicar la pena capital mientras tanto no es posible” (La Hora 12/04/2023).

Los candidatos de la extrema derecha apoyan completamente la reactivación del indulto. Zuri Ríos, candidata de la coalición Valor-Unionista e hija del exdictador genocida Efraín Ríos Montt, declaró: “Nosotros ya consultamos al pueblo de Guatemala, el pueblo quiere que se aplique la Pena de Muerte y de hecho, la Constitución la contempla, no hay que tener miedo de tomar decisiones firmes y menos cuando se trata de proteger la seguridad de nuestras familias, nadie está por encima de la ley” (La Hora 19/04/2023).

La tentativa de poner en vigencia la pena de muerte, si bien no tiene legalmente muchas posibilidades de éxito, es otra faceta de la intención de los grupos conservadores oligárquicos, militares y del crimen organizado, de limitar las libertades democráticas. Los trabajadores, campesinos, indígenas, jóvenes y mujeres debemos oponernos decididamente a este tipo de iniciativas, tomando las calles y carreteras para manifestar nuestro descontento.

 

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