Por Carlos M. Licona
Tremendos laberintos legales han heredado la actual Corte Suprema de Justicia de varios de los decretos aprobados por el gobierno nacionalista (2010-2022) y que violentan la soberanía nacional como es el caso de las ZEDE o bien, la reforma a la Ley del INPREMA aprobada en diciembre del 2011. Nuevamente, las palabras dichas por el premio nobel de la paz y expresidente de Costa Rica, Óscar Arias, vuelven a tomar vigencia ante tanto entuerto jurídico que dejó el gobierno de Porfirio Lobo Sosa (2010-2014) y Juan Orlando Hernández (2014-2022). En octubre de 2009, Arias se refirió a la Constitución hondureña como “un adefesio jurídico”, además, la caracterizó como “la peor del planeta”.
Además de las ZEDE y la reforma a la Ley de INPREMA de 2011, el Congreso Nacional junto a la CSJ de ese nefasto periodo también cometieron otras barbaridades ilegales como ser; el cambio ilegal de cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional o dar luz verde a la reelección ilegal de Juan Orlando Hernández en el periodo 2018-2022, es decir; Oscar Arias no se equivocó.
Represión política: Decreto No 247-2011
Los docentes en su gran mayoría salieron a las calles en la crisis política del Golpe de Estado del 2009, de ahí que, al asumir Porfirio Lobo Sosa la presidencia de la república en enero del 2010, inmediatamente, los mismos poderes fácticos que planificaron y ejecutaron el Golpe de Estado dirigieron todas sus armas represivas en contra de los docentes, incluyendo el derecho a una jubilación digna. Los docentes hasta en ese entonces habían ingresado al sistema educativo con el derecho a una jubilación que lo contemplaba la Ley de INPREMA de 1980 , derecho que fue cercenado con el Decreto N° 247-2011 como una medida represiva a quienes se hacían llamar la “columna vertebral de la resistencia”.
Entre los derechos más importantes que se cambiaron con el decreto 247 están; la edad de jubilación voluntaria se pasó de 50 a 59 años para los preexistentes y a los 65 para quienes ingresaron posteriormente. El salario promedio para la edad de jubilación se redujo ostensiblemente, pero, se favorecía a quienes trabajaron más de 40 años. El derecho para los beneficiarios se limitó a ciertas condiciones con la intencionalidad de evitar pagar.
La lucha del magisterio por defender la Ley de 1980 fue aplastada mediante una férrea represión militar, policial y jurídica, además, una fuerte campaña por desprestigiar el trabajo de los docentes, esto ocasionó; suspensiones ilegales, deducción de salarios, y, dejó a una maestra como mártir; la profesora Ilse Ivania Velásquez.
El fallo de la CSJ
Con comunicado de prensa fechado el 13 de diciembre 2024, la Sala de lo Constitucional falla “…que se otorgue el Beneficio de la Jubilación establecido en el Decreto I026-1980, a los docentes que ya habían cumplido con los requisitos exigidos… antes del 19 de enero de 2012, en que entró en vigencia la nueva ley”.
El párrafo anterior se refiere a 166 docentes que interpusieron Acción de Amparo contra la Resolución Administrativa emitida por el INPREMA del 21 de marzo de 2023 y que les negaba el derecho a jubilarse con la Ley de 1980, habiendo cumplido los requisitos cuando entró en vigencia la reforma de 2011. Sin embargo, también se le devuelve el derecho a jubilarse con la ley de 1980 a los maestros preexistentes que el 19 de enero de 2012 no cumplían con los requisitos “De igual, manera, ordena que se devuelva el derecho vulnerado a aquellos maestros que han cotizado por treinta años en adelante…con los beneficios del Decreto I026-I980…”.
Obviamente, la reforma hecha en el 2011 sigue vigente para quienes ingresaron al sistema posteriormente, pero deja un gran laberinto a las autoridades del INPREMA con respecto a maestros que cumplieron más de 40 años laborados y que les favoreció la reforma, ahora resulta que deben devolver dinero, mientras que, a otros que les afectó la reforma se verán favorecidos con la devolución que les hagan.
El comunicado del INPREMA inunda de incertidumbre a los docentes
La Junta Interventora del INPREMA ha emitido un comunicado que tiene muy inquieto al gremio, ya que, en uno de sus párrafos dicen “…únicamente se reconocerá este derecho a aquellos docentes que cuenten con resoluciones firmes emitidas por la Sala de lo Constitucional”. Es decir, a los 166 docentes que interpusieron el recurso. También aclaran que procederán a realizar las consultas pertinentes ante la Sala de lo Constitucional sobre el alcance de la sentencia.
De aplicarse la sentencia de la CSJ ahora resulta que todos los docentes que ya tienen mas de cuarenta años de laborar se verán perjudicados con el cálculo de su jubilación, si un maestro mete papeles para jubilarse en este momento ¿le aplicarán la ley de 1980 o la reforma del 2011?
Cada docente debe jubilarse con la ley que más le favorezca
Considerando que el magisterio se ha mantenido en lucha exigiendo una jubilación digna, lo más sensato y justo es que cada maestro preexistente se jubile con la Ley que más le favorezca, el magisterio ya ha sufrido demasiada represión en los últimos 14 años, no es culpa del gremio que diputados y magistrados se muevan al son de los grupos de poder, el derecho a la jubilación digna ya se ha ganado, pero no debe ir en detrimento de ninguno de los grupos de edades. Mientras tanto, quienes ingresaron al sistema educativo posteriormente al 2011, deben ir preparando los tambores de guerra.