Por José René Tamariz

Rechacemos y Combatamos el Proyecto de Conversión de las Anualidades en “Evaluación de Desempeño”

Recientemente, el gobierno de Solís convocó en las presentes sesiones extraordinarias, que finaliza el 30 de abril el proyecto de ley denominado “Ley Sobre Promoción del Buen Desempeño de los Servidores Públicos para una Gestión Pública de Calidad”, expediente número 19.787. Este proyecto había sido enviado por el Poder Ejecutivo a la Asamblea Legislativa desde el año 2015 y, ahora, en el año 2017 el gobierno lo convoca.

Debemos señalar que este proyecto de ley no es ningún proyecto de empleo público, sino sencillamente una propuesta que, en el fondo, pretende reducir y eliminar el principal componente salarial, las anualidades, de los trabajadores del sector público, el cual ellos consideran que es uno de los principales disparadores del gasto público. Según el gobierno de Solís ese proyecto plantea cinco cambios en el incentivo de las anualidades en el sector público, a saber:

•   “Cambio de nombre de las anualidades, por “promoción del buen desempeño”…”

•   “Tope máximo de las anualidades de 2,54% para todos los trabajadores de las instituciones del sector público”

•   “Se pasa de “bueno” a “muy bueno” la calificación mínima para tener derecho a recibir el incentivo por evaluación del desempeño”

•   “Se hace un cambio en la metodología de la evaluación para que incluya criterios de evaluativos institucionales así como individuales …”

•   “Articula la promoción en carrera profesional a la obtención de al menos dos evaluaciones iguales o superiores a muy bueno”.

En realidad, como veremos adelante, este proyecto del gobierno de Solís, en cuanto al punto de las anualidades, es peor y más perjudicial para los trabajadores del sector público que el proyecto de empleo público de la diputada del PLN, Sandra Piszk

¿A Cuáles Trabajadores se les Aplicará la Nueva Normativa?

A todos los trabajadores del sector público (Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y del Tribunal Electoral, instituciones descentralizadas, empresas públicas, municipalidades y sus órganos adscritos), excepto, a los empleados de las instituciones y empresas del sector público que se encuentren en régimen de competencia, tales como bancos del Estado, ICE e INS.

¿Cuáles serán los nuevos criterios de evaluación para pagar el incentivo?

La nueva metodología e instrumentos de evaluación para poder pagar ese incentivo serán elaborados por la Dirección General del Servicio Civil y el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.

¿Evaluación Institucional vs Evaluación Individual?

Según la Ministra de Planificación, Olga Marta Sánchez, “El proyecto establece que un trabajador podrá recibir un inventivo cuando tenga un desempeño muy bueno o excelente. Y ese muy bueno y excelente tienen un referente previo y es cuáles son las metas e indicadores para medir las metas de cumplimiento institucional. Por ejemplo, si su institución cumple con las metas anuales, entonces los trabajadores podrán entrar a ser calificados para determinar si merecen o no un incentivo. Si no hay cumplimiento de metas institucionales, no hay incentivo. Esa es la lógica fundamental…”

De acuerdo con ese mal intencionado planteamiento de la Ministra de Planificación y objetivo de ese proyecto anti-obrero, el pago del denominado incentivo “promoción del buen desempeño” queda, inevitablemente, sujeto al cumplimiento de las metas institucionales. Por tanto, si las metas institucionales no se cumplen, sencillamente los trabajadores no recibirían dicho incentivo, perdiéndose ese año el incentivo. Por otro lado, si se lograra cumplir las metas institucionales, entonces se pasaría a evaluar individualmente a cada empleado con nuevos criterios de evaluación que serían más draconianos, lo cual no garantiza que se le pague.

Al final la “lógica fundamental” del gobierno de Solís con ese anti-obrero proyecto es no pagar el incentivo económico a la mayoría de los trabajadores del sector público, debido a que la absoluta mayoría de las instituciones del sector público son tan ineficientes que no lograrían cumplir con las metas institucionales propuesta y ello, no por culpa de los trabajadores, sino de los burócratas incapaces e ineficientes que dirigen ministerios, instituciones, municipalidades e incluso, el gobierno comenzando por el Presidente de la República.

¿El Proyecto Reduce y Elimina el Pago las Anualidades?

Si las reduce al 2,54%. Tanto en instituciones descentralizadas, universidades públicas, empresas públicas, municipalidades y otras instituciones. Ejemplo: UCR, UNA, ITCR, RECOPE, INS, CNP, CNFL, JAPDEVA, Municipalidades y otras instituciones. En el caso de los trabajadores de la educación no las reduce, dado que nacieron reducidas al 1,94% del salario base, pero con los nuevos criterios de evaluación las eliminaría.

Si las elimina. Esto debido a que el pago del incentivo económico queda sujeto al cumplimiento de las metas institucionales y del Plan Nacional de Desarrollo vigente, tal como se analizó en el párrafo anterior.

¿No se Pagará el Incentivo, si no hay Disponibilidad Presupuestaria?

El artículo siete del proyecto anti-obrero del gobierno de Solís sujeta el pago de dicho incentivo a la “disponibilidad de los créditos presupuestarios”. Es decir que, aún se haya pasado la evaluación institucional e individual, si determinado ministerio, institución, empresa o municipalidad no cuenta “disponibilidad presupuestaria”, tampoco se les pagaría a los trabajadores dicho incentivo. Como se puede observar, son tantas las trampas y triquiñuelas para no pagar el incentivo que este se terminará perdiendo.

¿Se Podría Perder el Incentivo de Anualidad por la Derogación del artículo 5 de la Ley de Salarios de la Administración Publica?

El artículo 5 de la ley de Salarios le da sustento jurídico al pago de las anualidades. Al derogarse y, luego, otorgarse un plazo de dos años para implementar la evaluación de acuerdo con los parámetros establecidos en dicho proyecto de ley, se corre el riesgo inminente de que las anualidades se pierdan, aunque el transitorio II sostenga que “Mientras tanto, las entidades… podrán otorgar el incentivo a la excelencia… de conformidad con su normativa interna…”. Sencillamente no se podría pagar “incentivo a la excelencia” como anualidad, ya que no existiría la anualidad ni tampoco los instrumentos para otorgar el nuevo incentivo.

¿Qué Debemos Hacer para Evitar la Aprobación de ese Proyecto?

Emplazamos a la directiva nacional del sindicato APSE, a que convoque de inmediato y con carácter de urgencia a una Asamblea de Presidentes de Base, para conocer, discutir y votar un plan de lucha para evitar que ese proyecto del gobierno sea discutido y aprobado en las sesiones extraordinarias en la Asamblea Legislativa. La directiva de la APSE debe dejar de confiar y creer en el gobierno de Solís. Debe dejar de creer en la negociación con el gobierno. Solo la lucha y el combate en las calles, podrá impedir que el gobierno aplique su plan de empleo público por partes, golpeando, mediante la reducción y eliminación de las anualidades en primera instancia.

De último, emplazamos a todos los bloques sindicales, BUSSCO y Patria Justa, así como a los demás sindicatos a realizar la más amplia unidad en la acción para evitar la discusión y aprobación del proyecto del gobierno de Solís que pretende reducir y eliminar las anualidades y de paso convierte en letra muerta el derecho colectivo contemplado en las convenciones colectivas. Asimismo, los emplazamos a convocar un encuentro sindical amplio que discuta y vote un plan de lucha que contemple todas las acciones y la huelga general para detener e impedir que ese proyecto sea aprobado en la Asamblea Legislativa.

Hemeroteca

Archivo