Por José René Tamariz
El presidente de la República, Carlos Alvarado, retiro todos los proyectos de ley de la corriente legislativa, excepto el expediente N°21.336, con el propósito de que los diputados se dediquen a tramitar solamente el proyecto de ley de empleo público. Eso constituye una maniobra del poder Ejecutivo para que ese nefasto proyecto de ley contra los empleados públicos sea aprobado lo más pronto posible, ya sea para inicios del mes de abril, después de semana santa. Por su parte el presidente de la Asamblea Legislativa, Eduardo Cruikshank, se ha dedicado a agrupar un conjunto de mociones parecidas para agilizar la discusión de 352 mociones que existen sobre ese proyecto de ley. Es importante destacar que ese proyecto fue presentado como fundamental en el acuerdo que el gobierno de Alvarado suscribió con el FMI para acceder a un préstamo de $1.750 millones. Es decir, que la eliminación de los componentes salariales (pluses), la imposición del salario único, el congelamiento salarial por décadas, la castración de las convenciones colectivas y otras medidas lesivas contra los trabajadores del sector público fueron entregados al FMI a cambio de ese crédito.
Es necesario e importante destacar que el gobierno ha comenzado a inventar un conjunto de 11 factores para la elaboración o determinación del salario global o único. Esos factores son niveles de conocimiento y experiencia; peso del trabajo en la consecución de metas institucionales; discrecionalidad para tomar decisiones; planificación y organización del trabajo; complejidad del trabajo; disponibilidad; peligrosidad que conlleva la labor; responsabilidad en el manejo de recursos público; libertad para planificar y cumplir con el cargo; restricción al ejercicio liberal de la profesión; desarraigo del lugar de residencia, para los trabajos fuera de la GAM. A esos 11 factores, la comisión de gobierno de la Asamblea Legislativa le agregó la dedicación exclusiva y el zonaje. Es decir, se van poniendo parches tras parches a la ocurrencia del salario global.
El proyecto de ley de empleo púbico fue presentado desde el mes de abril del año 2019 por el poder Ejecutivo sin tener claridad ni definido como se crearía el salario único. Es hasta un año después que, de forma irresponsable, el MIDEPLAN ha comenzado a proponer la forma en que se va a calcular el salario global. De esa manera se observan los graves errores que este gobierno realiza al proponer proyectos de ley sin claridad, ni planificación y sin el conocimiento necesario para crear un “nuevo” sistema salarial. Si se revisan detenidamente los once factores propuestos por el ministerio de planificación para imponer el salario único se notan que son factores generales y algunos particulares para una que otra profesión, pero en realidad muchos de ellos no aplican a una o varias profesiones. Veamos un ejemplo.
¿Cómo se va a determinar el salario único o global para los docentes? Sencillamente, el MIDEPLAN no sabe. Se supone que “En el caso del personal docente del título II del Estatuto de Servicio Civil… también se tomaría en cuenta los lineamientos y políticas para la evaluación del desempeño dispuesto por Consejo Superior de Educación”. (La Nación, 9 de marzo de 2021). Actualmente, para la evaluación del desempeño a los docentes se les evalúa en dos partes: 1) la evaluación de la personalidad con 8 factores. 2) la evaluación del trabajo con 7 factores. En total se evalúan 15 factores. Sin embargo, se supone que esos factores serían modificados o cambiados totalmente porque con el salario único se trabajaría, supuestamente, por desempeño y rendimiento.
Los docentes de secundaria trabajamos por lecciones, es decir, realizamos el trabajo a destajo no por jornada. De forma arbitraria y mañosa el Ministerio de Educación Pública (MEP) mantiene para los docentes un salario base calculado con 30 lecciones, sin embargo, ese cálculo es antojadizo y tiene claramente el objetivo de mantener un salario base bajo para efectos de calcular a la baja algunos incentivos, tales como el zonaje, la zona de menor desarrollo y otros. Lo correcto y justo sería calcular el salario base con 40 lecciones que es el máximo que se puede trabajar en propiedad y no con base a 30 lecciones que era el máximo de lecciones que se podía trabajar antes del año 2005. En síntesis, existe una incertidumbre de cómo se realizaría el cálculo para la imposición del denominado salario único entre los docentes.
Es evidente que el proyecto de ley de empleo público se elaboró y se envío al Congreso con el claro objetivo fiscalista, o sea, de disminuir el gasto público, principalmente, mediante la reducción de los salarios del sector público, eliminando los pluses salariales y congelando los sueldos por años. A ese objetivo fiscalista, se le pueden agregar otros objetivos de tipo político como sería el centralizar y controlar de forma rigurosa el rol y papel del poder Ejecutivo sobre las instituciones descentralizadas y autónomas como las municipalidades, universidades públicas y otras.
El proyecto de ley de empleo público ha sido calificado de diversas formas, tales como un monstruo de dos cabezas y Frankenstein, debido a que es un rejuntado de múltiples ocurrencias tanto de personajes del poder Ejecutivo como de mociones de los diputados de diferentes fracciones legislativas. En realidad, ese proyecto de ley constituye un mamotreto plagado de violaciones a diversos artículos de la Constitución Política, así como de invasiones a funciones de algunos ministerios (eliminación de la comisión de los salarios), instituciones autónomas y al derecho colectivo (restricciones y mutilaciones groseras de la negociación de la convención colectiva) y así sucesivamente. Lo mejor y más correcto sería no aprobar ese Frankenstein de proyecto de ley.
Mientras el poder Ejecutivo y Legislativo avanzan a pasos raudos con el proceso de aprobación del proyecto de ley de empleo público, las dirigencias sindicales de todos los sindicatos y los bloques sindicales se dedican sólo a sacar comunicados contra ese proyecto y realizar marchitas, ya sean los viernes a la 5 pm o sábados por la mañana, a las cuales generalmente sólo asisten los dirigentes sindicales y los empleados de los sindicatos. En otras palabras, en tanto el gobierno pretende reventar y derrotar a los trabajadores del sector público, las dirigencias sindicales burocráticas dan lástima y risa con sus “manifestaciones” en contra de ese Frankenstein de proyecto de ley.
Es urgente y necesario que las dirigencias sindicales de todos los sindicatos y bloques sindicales abandonen esos tipos de “protestas” y “manifestaciones” que no le hacen ni cosquillas al gobierno de Alvarado. Es importante señalar que ese tipo de marchas, fuera de horario de la jornada de trabajo, no promueven la participación beligerante de las bases de las organizaciones sindicales. Es falso que los trabajadores del sector público no quieran realizar ni participar en una huelga contra ese proyecto de ley. Es más bien todo lo contrario, están dispuesto ir a la lucha, pero con unas dirigencias sindicales que estén dispuestas a enfrentar hasta las últimas consecuencias al gobierno de Alvarado y la Asamblea Legislativa. Si es necesario realizar Asambleas nacionales de los sindicatos para votar la huelga contra ese proyecto de ley, entonces que las dirigencias convoquen a esas Asamblea nacionales. Aunque hay limitación legal para hacer solamente dos días de huelga contra proyecto de ley de políticas públicas, sin embargo, ese proyecto afecta directamente los salarios, el empleo público y el derecho colectivo, por ende, una huelga de más días se justifica por esas razones. De ahí que se necesita lanzar la huelga general.
Así como va el proceso de discusión de ese proyecto de ley de empleo público lo más probable es que se apruebe a golpes de tambor en el mes de abril. Por tanto, las dirigencias sindicales, bloques sindicales y otras organizaciones populares y sociales deben de convocar a una amplia y democrática Asamblea Sindical y Popular para la última semana del mes de marzo y en ella discutir la situación de ese proyecto de ley, así como votar un Plan de Lucha que incluya movilizaciones, marchas lentas, concentraciones y otras iniciativas para concluir en el lanzamiento conjunto de una Huelga General contra ese proyecto de ley. Las dirigencias sindicales deben unir todas sus organizaciones, así como realizar la unidad de acción con el Movimiento Rescate Nacional (MRN) para darle mayor fuerza al movimiento de protesta y a la huelga nacional.